ANONIMIZADO
Rol
Fecha
28 de octubre de 2024
Materia
DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA
Resultado
DIRIMIDA
Hechos
Vistos: El mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 60 y 61 de la Ley N°19.968, en cuanto a que la incompetencia relativa debe ser declarada a petición de parte; y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 4° de la Ley N°19.968 y 7° del Código Orgánico de Tribunales, se declara que es competente para seguir conociendo de la causa el Juzgado de Familia de Melipilla, a quien se deberán remitir los antecedentes. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Familia de Talagante. Devuélvase vía interconexión. N°1181-2024 Familia
Fallo
se declara que es competente para seguir conociendo de la causa el Juzgado de Familia de Melipilla, a quien se deberán remitir los antecedentes. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Familia de Talagante. Devuélvase vía interconexión. N°1181-2024 Familia
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San Miguel, a veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro Vistos: El mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 60 y 61 de la Ley N°19.968, en cuanto a que la incompetencia relativa debe ser declarada a petición de parte; y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 4° de la Ley N°19.968 y 7° del Código Orgánico de Tribunales, se declara que es competente para segu
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