SIN INFORMACION

JEAN FRANCOIS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

28 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Emmanuel Bien-Aime, habilitado en derecho, quien interpone recurso de protección en favor de Sandia Jean Francouis, nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber incurrido en una omisión arbitraria e ilegal, consistente en el excesivo tiempo transcurrido sin pronunciarse respecto de su solicitud de residencia definitiva, presentada con fecha 1 de mayo de 2023, lo que a su juicio vulnera la garantía establecida en el N° 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Fundando su recurso expone que el recurrente, ingresó a Chile como turista y el 1 de mayo de 2023 presentó la solicitud de residencia definitiva, cumpliendo con todos los requisitos exigidos, lo que dio lugar a la solicitud número 64177197. Indica que, hasta la fecha de interposición del recurso, han transcurrido más de 15 meses sin que se haya emitido una resolución que apruebe o rechace su solicitud. Debido a esta falta de pronunciamiento, no ha podido renovar su cédula de identidad, lo que ha dificultado la realización de trámites laborales, médicos y bancarios, entre otros. Estima que la omisión del Servicio Nacional de Migraciones vulnera el derecho a la igualdad ante la ley, consagrado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de Chile. La recurrente no ha recibido el mismo trato que otros solicitantes que han tenido sus trámites resueltos en plazos razonables. SEGUNDO: Que, al informar, el Servicio Nacional de Migraciones, representada por el abogado Antonio Emilio Beltrán Henríquez, solicita el rechazo del recurso, solicitando que se declare la inadmisibilidad del recurso; en subsidio, alega falta de legitimación pasiva; y en subsidio, evacúa informe. Respecto a la solicitud de inadmisibilidad del recurso, la recurrida argumenta que la acción de protección no cumple con los requisitos básicos que la Constitución Política de la República y el Auto Acordado exigen para su admisió

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, por carecer de toda oportunidad y pertinencia la emisión de pronunciamiento en un sentido diverso por la Corte de Apelaciones de Santiago, conforme al tenor de la decisión de la Corte Suprema, se rechaza el recurso de protección interpuesto a favor de Sandia Jean Francois en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sin costas. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Protección N° 18527-2024 Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Jenny Book Reyes, conformada por la Ministra señora Carolina Brengi Zunino y la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Emmanuel Bien-Aime, habilitado en derecho, quien interpone recurso de protección en favor de Sandia Jean Francouis, nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber incurrido en una omisión arbitraria e ilegal, consistente en el excesivo tiempo transcurrido s

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