SIN INFORMACION

JORGE ANDRE BARRIENTOS GALLARDO/ COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

28 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Comparece Macarena Agüero Diaz, defensora penal privada, con domicilio en Calle Regimiento n.° 1351, Puerto Montt, e interpone acción constitucional de amparo a favor de Jorge Andre Barrientos Gallardo, quien actualmente cumple condena en el Centro Penitenciario de Osorno. Se ejerce la Acción Constitucional de Amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional por denegar la postulación del condenado en el marco del proceso correspondiente al segundo semestre de 2024. Todo lo anterior, sin ajustarse a la normativa legal vigente, por lo que su privación de libertad se torna arbitraria e ilegal. De este modo, se solicita se acoja la acción constitucional, revocando la resolución señalada y ordenando conceder la Libertad Condicional. Detalla que el amparado, se encuentra actualmente cumpliendo las siguientes sanciones: 2 penas de 3 años y 1 día y otra de 41 días de prisión, por los delitos de porte de arma de fuego municiones y tráfico en pequeñas cantidades; impuestas en causa Rit 4556-2019 RUC 190090051-4 por el Tribunal Garantía de Osorno. Señala antecedentes personales del condenado, que debieron ser ponderados para los efectos de otorgar el beneficio, en particular que su fecha de inicio condena es el 28 de agosto de 2022; y la de término el 3 de noviembre de 2025, habiendo cumplido el tiempo mínimo para postular el 20 de septiembre de 2023. Agregó que el interno, en conformidad a lo resuelto por la comisión de rebaja de condena, ha presentado muy buena conducta desde el bimestre enero-febrero de 2023. En cumplimiento a lo ordenado, informa la Comisión de Libertad Condicional, afirmando que la decisión denegatoria se tomó en forma unánime considerando que de acuerdo al informe de postulación psicosocial no se vislumbran factores de reinserción que permitan acceder a la concesión de la libertad condicional, toda vez que el hoy amparado presenta riesgo de reincidencia medio, considerando que requiere mayor intervención, debiendo continuar su plan de intervención y su proceso de tratamiento, debiendo abordar los factores criminógenos que no han sido abordados, por lo que debe dar continuidad al proceso de reinserción social en el sistema cerrado. Por ello y por tratarse de la libertad condicional de un beneficio, la Comisión dentro del ámbito de sus atribuciones privativas, resolvió denegarla. Se ordenó agregar la causa para su vista. Considerando: Primero: Que la acción constitucional de amparo es un recurso de naturaleza excepcional, que encuentra su origen y fuente en la Constitución Política de la República y persigue, por su intermedio, la tutela y protección de parte de los tribunales superiores de justicia, en los casos en que por actos de particulares o de alguna autoridad, se vean ilegítimamente vulneradas las garantías de libertad y seguridad individuales. Segundo: Que los argumentos de la parte recurrente guardan relación con la denegación del beneficio de libertad condicional, cuestionando principalmente que no

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República; Se acoge el recurso de amparo deducido en favor del condenado Jorge Andre Barrientos Gallardo; y se declara que se le concede el beneficio de Libertad Condicional. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Juan Andrés Varas Braun quien fue del parecer de rechazar el presente arbitrio al no ser vía idónea para impugnar la resolución de la Comisión de Libertad Condicional; además de no vislumbrar ilegalidad o arbitrariedad alguna en dicha resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-272-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: Comparece Macarena Agüero Diaz, defensora penal privada, con domicilio en Calle Regimiento n.° 1351, Puerto Montt, e interpone acción constitucional de amparo a favor de Jorge Andre Barrientos Gallardo, quien actualmente cumple condena en el Centro Penitenciario de Osorno. Se ejerce la Acción Constit

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