SEREY/ISAPRE BANMEDICA S.A.
Rol
Fecha
28 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que comparece Cristóbal Ignacio Hernández Gómez, abogado, interponiendo recurso de protección a favor de Rosa Katherine Serey Serey y contra Isapre Banmédica S.A., por su acción que considera arbitraria e ilegal, consistente en desafiliarla y a su vez negar la cobertura del Programa de Atención médica Folio N°2331321198 de la Clínica Dávila, que corresponde a una hospitalización en dicha clínica desde el 1 al 26 de abril de 2024, lo cual, sostiene atentaría contra sus garantías consagradas en los numerales 9 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Indica que está afiliada a la Isapre Recurrida, esto es, Isapre Banmédica, por medio de su plan Salud Superior Ultra 34/2212. Señala que al Diagnóstico de Ingreso a su hospitalización correspondió a Cefalea por Hipotensión de líquido cefalorraquídeo, relacionada a una fístula dural que provocó la pérdida de dicho líquido cefalorraquídeo, provocando dichos dolores de cabeza agudos. Agrega que, en la correspondiente anamnesis, y según figura en la epicrisis, aparecen como antecedentes los siguientes: a. Trombofilia (factor v leiden) 2011 por trombosis venosa eeii recurrente, último evento 2017 de trombosis vena mesentérica en TACO (Neosintrom). b. Dislipemia. c. Hipotensión de líquido que requirió parche de sangre hace app 20 años. d. Fármacos: TAC; Antalín. e. Qx: Manga Gastrica - Cesárea - Hernia Umbilical. Añade que, durante el estudio, se efectuaron resonancias magnéticas de cerebro y de columna, que en definitiva señalan que la pérdida de líquido se debía a una fístula de posible ubicación cervical, efectuándose así un tratamiento consistente en la generación de dos parches de sangre, con fecha 11 y 18 de abril del presente año, en atención de la Dr. María Soledad Diaz de Valdes Susena, verificando el egreso con fecha 26 de abril del año en curso. Refiere que, presentada la liquidación efectuada por el hospital a la Isapre recurrida, con fecha 09 de mayo de 2024, Isapre Banmédica comunica por medio de carta, no fueron informados en la Declaración Personal de Salud de fecha 29 de diciembre de 2021, trombofilia (factor v leiden) en 2011 y manga gástrica, según antecedentes médicos que tendrían en su poder, señalando que en consecuencia se terminaría de forma unilateral el contrato de salud, y por consiguiente, sólo contaría la protegida con beneficios – y con la excepción de prestaciones no garantizadas y derivadas de enfermedades preexistentes no declaradas – hasta el último día del mes de junio de 2024, siendo en consecuencia la última cotización a enterar en la Isapre la de mayo de 2024. Asimismo, y en cuanto a cobertura para el Programa de Atención médica Folio N°2331321198, que corresponde a la hospitalización en la clínica Dávila desde el 1 al 26 de abril de 2024, por cefalea por hipotensión de líquido cefalorraquídeo espontáneo, se determinó rechazar la cobertura por encontrarse relacionado con la preexistencia no declarada. Alega que ni
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso de protección deducido a favor de Rosa Katherine Serey Serey, sin costas. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-15611-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro. A los folios 18 y 19: a todo, téngase presente. Vistos y considerando: Primero: Que comparece Cristóbal Ignacio Hernández Gómez, abogado, interponiendo recurso de protección a favor de Rosa Katherine Serey Serey y contra Isapre Banmédica S.A., por su acción que considera arbitraria e ilegal, consistente en desafiliarla y a
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