AUTOMOTRIZ COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES TAXUTAL S.A./ABACA
Rol
Fecha
28 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece el abogado Carlos Alberto Acuña Ramírez en representación convencional de Automotriz Combustibles y Lubricantes Taxutal S.A., e interpone acción constitucional de protección en contra de don José Manuel Del Carmen Abaca Valenzuela, chileno, casado, ignoro profesión u oficio, domiciliado en Sitio 5, San Miguel, Camino Puertas Negras. Reclama como acto ilegal y arbitrario que el 17 de julio de 2023 en terreno de propiedad del recurrente procedió a cercar en forma de “L” con polines y cerco de púas ampliando el sitio que ocupa. Invoca como garantía constitucional vulnerada aquella consagrada en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República. Pide concretamente que se acoja su acción y se declare: 1° Que el recurrido ha incurrido en actos y hechos arbitrarios e ilegales que afectan el derecho de propiedad ante la ley a su representada; 2° Que se ordene al recurrido retirar cerco y ordenar todo otro trabajo que fuere necesario para restaurar el antiguo cerco existente, en el plazo que se determine o fije al efecto; 3° Que se ordene al recurrido abstenerse en lo futuro de volver a realizar actos que importen e impidan afección directa a los derechos conculcados; 4° Todo esto con expresa condenación en costas. SEGUNDO. Como fundamento de su acción constitucional, indica que es dueña de parte del lote agrícola N° 4 ubicado en lugar de San Miguel, de esta ciudad, de 1 hectárea de terreno más o menos, cuyos deslindes según plano que se encuentra archivado bajo el N°29 al final del Registro de Propiedad del año 1982, tiene los siguientes deslindes NORTE, en 87 metros con propiedad de Maximiliano Carrasco Orellana y en 23 metros con propiedad de los vendedores; AL SUR, con 110 metros con línea quebrada, con resto de la propiedad de los vendedores; AL ORIENTE, en 60 metros, con camino público a Palmira y en 38 metros, con resto de la propiedad de los vendedores en línea quebrada; y AL PONIENTE, en 98 metros con resto de propiedad de los vendedores. El dominio se encuentra inscrito a Fojas 10207 N°5577 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talca, correspondiente al año 1994. Para ilustrar inserta imagen del plano y toma satelital de Google Maps. Indica que el 17 de julio de 2023, el recurrido quien es vecino colindante al suroriente de manera ilegal, arbitraria, y haciendo uso de la autotutela procedió a cercar la propiedad de su representado en forma de “L” con polines y cerco de púas, ampliando el sitio que ocupa, dicho cerco rodea su propiedad e invade la de su representada, privándola de aproximadamente 1390 metros cuadrados como se puede apreciar en la marca de la imagen satelital que se acompaña, no dejándola ingresar en la parte cercada, situación que se mantiene hasta el día de hoy, hecho que fue certificado por Notario Público Teodoro Durán Palma, quien ha certificado 17 fotografías que dan cuenta del hecho, situación que se mantiene hasta el día de hoy y que dicho cer
Fallo
por tanto, esta acción cautelar no corresponde que sea ejercida en su contra, sino que fueron personas autorizadas por sus hermanos que al igual que quien suscribe, son dueños de acciones y derechos hereditarios en el Sitio N°5. Ahora bien, hace presente que desde el año 1970 en adelante en el Sitio N°5 de una superficie de 3.500 metros cuadrados aproximadamente como se indicó, vive y tienen sus casas él y su hermano Segundo Leoncio Abaca Valenzuela. Dichas unidades habitacionales no ocupan los 3.500 metros cuadrados correspondientes al Sitio N°5, porque el resto del terreno les pertenece a sus otros hermanos como herederos. Dicho resto del Sitio N°5 sólo tenía un cerco en mal estado por el lado que da con el Camino Público a Palmira, tal cual consta en imagen satelital extraída de Google Maps de los años 2013 y 2022 que inserta, lo que se debía a que los demás herederos nunca se organizaron para reparar y completar el cerco del Sitio N°5. Es por esta razón se vio en la obligación de instalar una pequeña reja unida a su casa para que sus ventanas no quedaran expuestas por el costado que colindaba con el resto del Sitio N°5 que sus hermanos no cerraban y que recién lo hicieron. Expresa que la parte trasera del Sitio N°5 nunca se cercó porque colindaba con parte del Lote N°4 que actualmente es de propiedad de la recurrente, porque su hermano Segundo Leoncio siempre les arrendó a Taxutal ese terreno para trabajos agrícolas. Sin embargo, ahora sus demás hermanos quieren vender
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Talca, veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece el abogado Carlos Alberto Acuña Ramírez en representación convencional de Automotriz Combustibles y Lubricantes Taxutal S.A., e interpone acción constitucional de protección en contra de don José Manuel Del Carmen Abaca Valenzuela, chileno, casado, ignoro profesión u oficio, domiciliado en Sitio 5,
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