FRATELLI E SOCI INV SPA/MEZA
Rol
Fecha
6 de noviembre de 2024
Materia
ARRENDADOR,RESTITUCIÓN POR EXTINCIÓN DERECHO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N°18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, el veintiséis de agosto del año en curso (folio N°13, cuaderno de cumplimiento incidental), en contra de la resolución dictada el veinte de agosto último. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°Civil-15649-2024.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, el veintiséis de agosto del año en curso (folio N°13, cuaderno de cumplimiento incidental), en contra de la resolución dictada el veinte de agosto último. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°Civil-15649-2024.
Texto Completo (Preview)
jtha C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, seis de noviembre de dos mil veinticuatro. Al folio N°3: Téngase presente la comparecencia, y a la petición de alegatos, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N°18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instanc
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