SIN INFORMACION

/C.D.P. OSORNO

Rol

Fecha

25 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero. Compareció don Román Norambuena González, abogado, en representación del condenado José Antonio Ortiz Farías, actualmente interno en el C.C.P. de Osorno, quien deduce la presente Acción Constitucional de Amparo en contra de Gendarmería de Chile, específicamente, en contra del C.C.P. de Osorno por el acto arbitrario e ilegal consistente en el cambio de dependencias dentro de la unidad penal sin motivo aparente para ello lo que es contrario a la normativa vigente y vulnera su derecho consagrado en el artículo 19 Nº7 de la Constitución Política de la República. Indicó que se actualmente el amparado se encuentra condena por los delitos de hurto simple, receptación, conducción en estado de ebriedad y no pago de una multa a las penas de 3 años y un día, 61 días, 41 días, 41 días y 02 días, respectivamente, iniciando su cumplimiento el 24 de agosto de 2023 y con fecha de termino de cumplimiento de condena el 19 de diciembre de 2026. Explicó que la conducta del amparado al interior ha sido muy buena los últimos tres bimestres, que se ha desempeñado en labores de soldador al interior del penal y que tiene bajo compromiso delictual. Agregó que, sin embargo, sin motivo aparente será trasladado de dependencias dentro de la unidad penal, sin que haya sido objeto de alguna sanción o incumplimiento al régimen penitenciario, viéndose infringida su integridad personal y seguridad individual, toda vez, que tal como ha realizado conducta en el tiempo que lleva privado de libertad, es tratado por el régimen de los internos carcelarios como “perkin de los pacos”, ya habiendo sido objeto de amenazas y problemas con otros internos. En este orden de ideas, el traslado de dependencias al interior de la unidad penal afecta su integridad física y psíquica atendido a que podría ser objeto de malos tratos por parte de internos con mayor peligrosidad. Argumentó que, las facultades detentadas por Gendarmería de Chile deben ser desplegadas cumpliendo con p

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 19 Nº7 y 21 de la Constitución Política de la República, se resuelve: Que se rechaza el recurso interpuesto por don Román Norambuena González en representación del condenado José Antonio Ortíz Farías en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese y devuélvase. N°Amparo-268-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, veinticinco de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero. Compareció don Román Norambuena González, abogado, en representación del condenado José Antonio Ortiz Farías, actualmente interno en el C.C.P. de Osorno, quien deduce la presente Acción Constitucional de Amparo en contra de Gendarmería de Chile, específicamente, en contra del C.C.P. de

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