2º JUZGADO DE LETRAS DE CURICO

CONTENEDORES SAN FERNANDO SPA/NATURAL ORGANICE CHILE SPA

Rol

Fecha

25 de octubre de 2024

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

CONFIRMADA SIN COSTAS

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Hechos

Visto: Se reproduce el fallo en alzada. Y se tiene además presente. Primero: Que es importante consignar, que en el asunto de que se trata, conforme a la demanda de autos, se está cobrando el saldo de precio de un contrato de compraventa, supuestamente de mercancía, sin que en el libelo ni durante el término probatorio, el demandante, correspondiéndole como vendedor, allegó prueba tendiente a acreditar los elementos propios del contrato en que se asila el cobro de la suma de dinero demandada, por lo que en estas circunstancias las facturas acompañadas resultan del todo insuficiente. Segundo: Que atento a lo razonado precedentemente, en nada altera lo concluido por la jueza del grado, los antecedentes documentales allegados en segunda instancia, por lo que se mantendrá la decisión en alzada. Conforme a lo anteriormente señalado y lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la sentencia definitiva apelada de 17 de noviembre de 2022 (folio N°109), inserta en causa Rol C-711-2020 del Segundo Juzgado de Letras de Curicó, sin costas del recurso. Regístrese y Devuélvase. N°Civil-367-2023.

Fallo

fallo en alzada. Y se tiene además presente. Primero: Que es importante consignar, que en el asunto de que se trata, conforme a la demanda de autos, se está cobrando el saldo de precio de un contrato de compraventa, supuestamente de mercancía, sin que en el libelo ni durante el término probatorio, el demandante, correspondiéndole como vendedor, allegó prueba tendiente a acreditar los elementos propios del contrato en que se asila el cobro de la suma de dinero demandada, por lo que en estas circunstancias las facturas acompañadas resultan del todo insuficiente. Segundo: Que atento a lo razonado precedentemente, en nada altera lo concluido por la jueza del grado, los antecedentes documentales allegados en segunda instancia, por lo que se mantendrá la decisión en alzada. Conforme a lo anteriormente señalado y lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la sentencia definitiva apelada de 17 de noviembre de 2022 (folio N°109), inserta en causa Rol C-711-2020 del Segundo Juzgado de Letras de Curicó, sin costas del recurso. Regístrese y Devuélvase. N°Civil-367-2023.

Texto Completo (Preview)

Talca, veinticinco de octubre de dos mil veinticuatro. Visto: Se reproduce el fallo en alzada. Y se tiene además presente. Primero: Que es importante consignar, que en el asunto de que se trata, conforme a la demanda de autos, se está cobrando el saldo de precio de un contrato de compraventa, supuestamente de mercancía, sin que en el libelo ni durante el término probatorio, el demandante, corresp

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