JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE LOTA

SEBASTIAN FELIPE CABRERA VILLANUEVA CONTRA CRISTIAN RODRIGO NOVOA CASTILLO

Rol

Fecha

25 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO UNICAMENTE PRESENTE: 1º) Que el Ministerio Público ha apelado de la resolución de fecha trece de agosto de dos mil veinticuatro dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Lota, que ha declarado el sobreseimiento definitivo del imputado Cristian Rodrigo Novoa Castillo, por prescripción de la acción penal, indicando en síntesis que conforme al artículo 94 del Código Penal, el hecho investigado tiene pena de falta, es decir, la acción penal prescribe en seis meses y conforme al artículo 96 la prescripción se suspende desde que el procedimiento se dirige en contra del imputado, es decir el 16 de noviembre de 2023, fecha en la cual se requirió en procedimiento simplificado. Añade que de acuerdo al artículo 7 inciso segundo del Código Procesal Penal, se entenderá por primera actuación del procedimiento cualquier diligencia, efectuada ante un Tribunal Penal (misma fecha señalada anteriormente); por lo que todo el procedimiento de inicio de la persecución penal se efectuó dentro de los plazos legales y no corresponde declarar la prescripción de la acción penal, toda vez que, en estricto rigor esta se encuentra suspendida por la sola interposición del requerimiento en procedimiento simplificado y su posterior resolución, las cuales se efectuaron dentro de los plazos legales. 2º) Que la prescripción de la acción penal, es aquella forma de extinción de la responsabilidad penal, que se produce por la inacción del órgano persecutor en orden a provocar la actividad jurisdiccional del Estado, durante el plazo que señala la ley. 3º) Que son hechos relevantes para resolver los siguientes: a.- El 26 de mayo de 2023, el imputado Cristian Rodrigo Novoa Castillo, fue detenido al haber sido sorprendido conduciendo un vehículo motorizado bajo la influencia del alcohol con circunstancias comisivas del artículo 209 inciso segundo (esto es, sin haber obtenido licencia para conducir vehículos motorizados), de la Ley 18.290, (Ley del Tránsito), ilícito que se encuentra

Fallo

Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, SE REVOCA, sin costas, la resolución apelada de fecha trece de agosto de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Lota, por la cual se decretó el sobreseimiento definitivo del imputado Cristian Rodrigo Novoa Castillo, por prescripción de la acción penal,  y en su lugar se declara que la acción penal no se encuentra prescrita, debiendo dicho tribunal continuar con la tramitación de la causa como en derecho corresponda. Acordada con el voto en contra del abogado integrante Waldo Ortega Jarpa, quien fue de parecer de confirmar la resolución recurrida, en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese en la audiencia decretada para el día de hoy.  Redacción del abogado integrante Waldo Ortega Jarpa.  No firma el ministro suplente señor Héctor Plaza Vasquez, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y al acuerdo, por haber cesado en su suplencia y retornado a su tribunal de origen. Rol N°1563-2024. Penal

Texto Completo (Preview)

Concepción, veinticinco de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO UNICAMENTE PRESENTE: 1º) Que el Ministerio Público ha apelado de la resolución de fecha trece de agosto de dos mil veinticuatro dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Lota, que ha declarado el sobreseimiento definitivo del imputado Cristian Rodrigo Novoa Castillo, por prescripción de la acción penal, indicando e

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