SIN INFORMACION

FUENTES/SEREMI SALUD DE VALPARAISO

Rol

Fecha

25 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

DESESTIMADA

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de Juan Eduardo Guzmán Zúñiga, abogado de la Clínica Jurídica de la Universidad Católica del Norte, con domicilio en Angamos N°0610, por sí y en favor de Samuel Rodrigo Fuentes Ávila, chileno, estudiante, cédula de identidad N°20.818.020-7, domiciliado en calle Julio Mont N°650, Antofagasta, quien interpone recurso de protección de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso, representada por doña Lorena Cofré Aravena, domiciliada en Blanco N°1514, comuna de Valparaíso, por la omisión ilegal y arbitraria en la emisión de la resolución que aplica la multa sanitaria, vulnerando el principio de igualdad ante la ley, conforme a lo preceptuado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República. Informó la recurrida al tenor del recurso. Puesta en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el recurrente funda la acción en que planificó en el mes de enero de 2021 un viaje con motivo de vacaciones junto a su familia desde Antofagasta a la comuna de Olmué, por lo que antes de viajar, y para asegurarse de cumplir con la normativa vigente en el contexto de la pandemia del Covid 19, consultó a funcionarios de Carabineros de Chile sobre la posibilidad de realizar el viaje, quienes le expresaron que no tendrían ningún inconveniente, puesto que Antofagasta en ese entonces se encontraba en fase 2 del Plan Paso a Paso, por lo que tras obtener los permisos correspondientes, procede a realizar el viaje, atravesando sin mayor problema los primeros controles en la ruta. Indica que rumbo a Quillota, es fiscalizado alrededor de las 15:00 horas en la Ruta 60-CH por funcionarios de Carabineros de Chile y de la Seremi de Salud de la Región de Valparaíso, y al momento de la fiscalización, se le explicaron las diligencias tomadas para viajar, expresándole el funcionario de Carabineros que puede continuar con el viaje, sin embargo, el funcionario de la Seremi de Salud, le señala que a partir de ese mismo día la comuna de Antofagasta se encontraba en cuarentena, de modo que, a pesar de las explicaciones, es devuelto a la ciudad de origen, como consta en el Acta de Fiscalización N°022619 de fecha 14 de enero de 2021. Relata que el día 12 de diciembre de 2021 se le notifica a través de correo electrónico con asunto “Covid-19 Notificación de resolución [210520259]” la Resolución N°210520259 de fecha 12 de diciembre de 2021, que aplica una multa de 20 U.T.M y faculta para presentar el recurso de reposición dentro de los 5 días siguientes. Presentó el recurso de reposición el día 16 de diciembre de 2021 a través del enlace proporcionado en el correo electrónico, explicando las circunstancias que rodearon y justifican la realización del viaje, reposición de la cual hasta la fecha no se ha pronunciado la recurrida a pesar de haber sido enviada en tiempo y forma. Menciona que, no obstante lo anterior, la recurrida dio inicio al procedimiento de cobranza administrativa de la multa en el Expediente Administrativo Rol N°10026-2024 Salamanca, solicitando el pago de la multa a través de comunicaciones por teléfono y correo electrónico, ordenando exhorto al director Tesorero Regional de Antofagasta para que realice todas las actuaciones tendientes a despachar mandamiento de ejecución y embargo, que se materializa con la notificación y requerimiento de pago efectuada con fecha 30 de abril de 2024. Sostiene que esta demora de más de dos años en resolver el recurso de reposición ha provocado una vulneración de derechos fundamentales del recurrente, toda vez que no se han considerado aspectos sustanciales que se exponen en él, como son las diligencias tomadas para cumplir con la normativa sanitaria del virus Covid-19, la capacidad económica del recurrente y el monto al que asciende la multa (un millón trescientos dieciocho mil veinte pesos).

Fallo

Por estas consideraciones y atendido además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE DESESTIMA, el recurso de protección deducido por el abogado Juan Eduardo Guzmán Zúñiga, en favor de Samuel Rodrigo Fuentes Ávila, en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso, por falta de oportunidad. Regístrese y comuníquese. Rol 2008-2024 (PROT)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, veinticinco de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS: La comparecencia de Juan Eduardo Guzmán Zúñiga, abogado de la Clínica Jurídica de la Universidad Católica del Norte, con domicilio en Angamos N°0610, por sí y en favor de Samuel Rodrigo Fuentes Ávila, chileno, estudiante, cédula de identidad N°20.818.020-7, domiciliado en calle Julio Mont N°650, Antofagasta, quien interpone recu

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