SIN INFORMACION

DUMEY/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

25 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Wilson Dumey, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N°24159241, de fecha 08 de abril de 2024, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país en un plazo de diez días, lo que estima conculca su garantía de libertad ambulatoria. En cuanto a los hechos, indica que ingresó al país de forma regular con el objeto de asentarse en el mismo, comenzando a trabajar el poco tiempo. Explica que solicitó la residencia definitiva, proceso que terminó con la dictación de la Resolución Exenta que por esta vía se impugna, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país. El fundamento del rechazo, es no haber remitido el certificado de antecedentes de su país de origen legalizado o apostillado. Indica que al recibir la notificación previo rechazo, acompañó una carta relatando la imposibilidad de obtener el certificado y la constancia que le entregaron de que su certificado se encontraba en trámite. Argumenta que la orden de abandono es desproporcionada y afecta su arraigo familiar. Solicita, en definitiva, que se deje sin efecto la Resolución recurrida y la consecuente orden de abandono del país, ordenando a la recurrida otorgarle un plazo no menor a 90 días para acompañar el antecedente faltante y luego resolver como en derecho corresponda. A folio 4, se evacúa informe por el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso. Indica que, con fecha 06 de octubre de 2021 el recurrente solicitó residencia definitiva. Mediante comunicación electrónica de fecha 03 de enero de 2024 se informó a la persona extranjera recurrente que su solicitud de residencia definitiva no se encuentra en condiciones de avanzar a la siguiente etapa de análisis, toda vez que no acompañó el certificado de antecedentes de su país de origen verificable en línea o remisión del original

Fundamentos

motivos que sustentan las razones invocadas por esta autoridad, por lo que mediante Resolución Exenta N° 24159241 de fecha 08 de abril de 2024 se rechazó la solicitud de residencia definitiva presentada por la persona extranjera y se dispuso su abandono del país en el plazo de 10 días contados desde la notificación de la presente Resolución. En cuanto a la causal de rechazo, indica que, de conformidad al artículo 88 numeral 1° de la Ley 21.325, deberán rechazarse las solicitudes de quienes no cumplan los requisitos de cada categoría. Por su parte, el artículo 11 del Decreto 177, indica que, sin perjuicio de los requisitos de cada categoría, deberán adjuntarse a las solicitudes migratorias, letra b) el certificado de antecedentes penales o documento expedido por la autoridad competente del país de origen o de aquel en cuál ha residido los últimos 5 años. En cuanto a la orden de abandono, indica que de conformidad al artículo 91 de la Ley n° 21.325, toda vez que se rechace o revoque un permiso de residencia la autoridad migratoria está obligada a disponer el abandono del país del extranjero. A folio 5, se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, por la presente vía cautelar, se solicita que se deje sin efecto la Resolución Exenta N°24159241, de fecha 08 de abril de 2024, que rechazó la solicitud de residencia definitiva del actor y dispuso su abandono del país en un plazo de diez días, fundado en no haber cumplido con remitir el certificado de antecedentes penales de su país de origen debidamente legalizado o apostillado. Segundo: Que, de los antecedentes acompañados, consta que la autoridad recurrida, previo a resolver, cumplió con notificar al actor la causal de rechazo de su solicitud, otorgándole un plazo para superar el inconveniente, de conformidad al artículo 91 de la Ley 21.325. No obstante lo anterior, es un hecho público y notorio los problemas sociopolíticos e institucionales que atraviesa el país de origen del recurrente, lo que dificulta la obtención de documentos oficiales como el requerido y considerando que en esta instancia se acompañó una constancia emitida por la Embajada de Haití en Chile, que da cuenta que el requerido certificado se encuentra en tramitación, se acogerá este arbitrio. Tercero: Que, a mayor abundamiento, del mérito de los antecedentes acompañados en autos, aparece que el actor se encuentra afiliado al sistema previsional del país desde al año 2019, de manera tal que la orden de abandono resulta desproporcionada y amenaza la libertad personal del actor, toda vez que, de no cumplirse voluntariamente, permite a la autoridad migratoria disponer la expulsión del afectado, de acuerdo con el inciso final del artículo 67 de del Decreto Ley 1094 de 1975.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de amparo en favor de Wilson Dumey y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N°24159241, de fecha 08 de abril de 2024, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, debiendo la autoridad recurrida otorgar al actor un plazo no inferior a noventa días hábiles, para que acompañe el certificado de antecedentes penales requerido, transcurrido el cual deberá resolver su presentación como en derecho corresponda. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-2177-2024. En Valparaíso, veinticinco de octubre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Jfah.- C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticinco de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Wilson Dumey, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N°24159241, de fecha 08 de abril de 2024, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país

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