SIN INFORMACION

HERNANDEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

25 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Compareció en este proceso Rol N°76-2024 del Libro Protección de esta Corte de Apelaciones, el abogado Pablo Peñaloza Parra, a favor de Normar José Hernández Paliche, empleado, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N° 26.073.423-7, domiciliado en Las Termas 448, de esta ciudad, e interpuso acción de protección de garantías constitucionales en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por lo que el letrado califica de omisión ilegal y arbitraria en la emisión de resolución exenta que ponga fin al procedimiento administrativo, aprobando o rechazando solicitud de permanencia definitiva, realizada con fecha 11 de agosto de 2022 por impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo establecido en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República de Chile, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de la Ley N°19.880. Expone que, el 11 de agosto de 2022, previo al vencimiento de su visa, el recurrente solicitó el beneficio migratorio en cuestión, que posteriormente se le solicitaron antecedentes y el pago de los derechos respectivos, otorgándole un plazo para subsanar, remitiendo en tiempo y forma la documentación requerida, cumpliendo con lo solicitado, y con fecha 29 de septiembre de 2023 efectuó el pago de los derechos de la solicitud en cuestión. Precisa que, desde ese entonces, ha estado esperando una respuesta respecto a su situación, la que no ha obtenido, como tampoco ningún tipo de resolución por parte de la Administración en cuanto a la solicitud ya mencionada. Termina solicitando que se acoja este recurso, ordenando al recurrido que se pronuncie sobre la misma, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho, y conceder el remedio solicitado, con expresa condenación en costas. Compareció por el Servicio recurrido, la abogada Valentina Vera Nazal, quien evacuó informe señalando que respecto de la solicitud ingresad

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República de Chile, constituye una acción constitucional de urgencia, de naturaleza autónoma, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que en esa misma disposición se refieren, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o perturbe ese ejercicio; SEGUNDO: Que según fluye del informe evacuado por la parte recurrida, es efectivo que el 11 de agosto de 2022 el recurrente presentó ante ese Servicio solicitud de permanencia definitiva, la cual fue resuelta con fecha 22 de marzo de 2024, al dictarse la resolución exenta por la cual se acoge el beneficio solicitado. TERCERO: Que para la procedencia de la acción cautelar de protección, es menester que exista un perjudicado o agraviado, esto es, alguna persona que “por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de...”, requisito que en la especie no concurre, por cuanto lo único pretendido en el recurso es obtener un pronunciamiento de su solicitud de visa de permanencia definitiva en la República de Chile y, según lo informado por el recurrido, se acogió dicho beneficio, por lo que perdió oportunidad o actualidad jurídica el presente recurso, no existiendo, en consecuencia, medida cautelar que pueda adoptar esta Corte para restablecer el imperio del derecho. CUARTO: Que así las cosas, atendido lo reflexionado precedentemente, resulta innecesario entrar al análisis de la garantía constitucional que se señala como vulnerada.

Fallo

Por estas consideraciones y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República de Chile y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, por haber perdido oportunidad, la acción constitucional de protección interpuesta en favor de Normar José Hernández Paliche, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, y archívese en su oportunidad. N°Protección-76-2024 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veinticinco de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Compareció en este proceso Rol N°76-2024 del Libro Protección de esta Corte de Apelaciones, el abogado Pablo Peñaloza Parra, a favor de Normar José Hernández Paliche, empleado, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N° 26.073.423-7, domiciliado en Las Termas 448, de esta ciudad, e interpuso acc

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