SIN INFORMACION

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VIÑA DE MAR/ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES CAPITAL S.A

Rol

Fecha

25 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: A folio 1 comparece el abogado Pablo Aguirre Gallardo, en representación de la ejecutada Ilustre Municipalidad de Viña del Mar, quien deduce recurso de hecho en contra de la resolución de once de abril de dos mil veinticuatro, dictada en los autos RIT P-2175-2020, del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Valparaíso, que no concedió el recurso de apelación interpuesto contra la resolución de tres de abril del año en curso. Expone que mediante sentencia definitiva se acogió la excepción que opuso, debiendo la institución previsional presentar un nuevo título ejecutivo corregido. Agrega que por resolución de veintiuno de septiembre de dos mil veintitrés, se ordenó modificar la resolución con nuevos valores sin conferirle traslado ni otorgar la posibilidad de oponer excepciones contra el nuevo título. Sostiene que por resolución de cinco de abril de dos mil veinticuatro se ordenó liquidar el crédito, contra la que interpuso recurso de apelación, el que no fue concedido por improcedente. Argumenta que el artículo 8 de la Ley 17.322 importa una discriminación para el deudor de cotizaciones de seguridad social, por lo que solicita sea acogido el recurso de hecho con el objeto de no ser limitado en su derecho a defensa. A folio 9 informa don Julio Fuentes Calderón, Juez del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Valparaíso, refiriendo que con fecha nueve de octubre de dos mil veinte, se acogió la excepción prevista en el artículo 5 N°2 de la Ley 17.322, procediendo el ejecutante a corregir los valores. Afirma que luego de haberse confeccionado una nueva liquidación y corregidas las sumas adeudadas, se resolvió tener por practicada la liquidación del crédito ordenada en autos y tenerla por aprobada si no fuere objetada dentro de tercero día. Contra dicha resolución, el ejecutado interpuso recurso de reposición con apelación subsidiaria. Sostiene que el recurso interpuesto no cumple con los presupuestos del artículo 8 de la Ley 17.322, razón por la

Fundamentos

considerando: Que, del mérito del recurso deducido y el informe, se desprende que en la especie, la negativa a conceder el recurso de apelación se encuentra ajustada a derecho, por cuanto la resolución contra la que se interpuso el recurso de apelación subsidiario no se encuentra contemplada en el artículo 8 de la ley 17.322.

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la ley 17.322, se rechaza el recurso de hecho deducido a folio 1, por el abogado Pablo Aguirre Gallardo, en representación de la ejecutada Ilustre Municipalidad de Viña del Mar, en contra de la resolución de once de abril de dos mil veinticuatro, pronunciada por el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de esta ciudad. Regístrese, notifíquese y comuníquese. N°Laboral - Cobranza-270-2024.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veinticinco de octubre de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1 comparece el abogado Pablo Aguirre Gallardo, en representación de la ejecutada Ilustre Municipalidad de Viña del Mar, quien deduce recurso de hecho en contra de la resolución de once de abril de dos mil veinticuatro, dictada en los autos RIT P-2175-2020, del Juzgado de Cobranza Laboral y Prevision

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica