SICILIANO RAMIREZ SNELLA GIOVANNA / SUSESO
Rol
Fecha
24 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, el 10 de junio de 2024, Snella Giovanna Siciliano Ramírez, mediante correo electrónico, recurre de protección por el rechazo de sus licencias médicas N° 14199804-8, extendida con fecha 29/3/2023 y N° 14497303-8, extendida el 28/4/2023, emitidas por médico siquiatra. El texto del correo electrónico que se ha tendido como recurso de protección es el siguiente: “Me dirijo a Uds. para solicitar la reconsiderar el rechazo de mis licencias médicas. Adjunto carta e informe médico actualizado”. A su vez, la carta que se acompaña no tiene destinatario, y se titula “Solicitud de Apelación de Licencias Médicas”. Ni en el correo electrónico ni en la carta adjunta se indica quiénes son los recurridos ni se alega la afectación de ninguna garantía fundamental, resguardada o no por el artículo 20 de la Constitución Política de la República. En cuanto a las resoluciones en que constan los actos recuurridos, previo a la admisibilidad del recurso se acompañaron las siguientes resoluciones exentas, ambas de la Superintendencia de Seguridad Social: 1) N° R-01-IBS-95610-2024, de 18 de junio del 2024, es decir, posterior a la interposición del presente arbitrio, que rechazó el recurso de reconsideración interpuesto contra la el dictamen R-01-IBS-45385-2024, de 20 de marzo de 2024, que confirmó el pronunciamiento de la COMPIN Metropolitana, Subcomisión Sur, en orden a confirmar el rechazo de Isapre Cruz Blanca S.A. de la licencia médica N° 14199804-8, extendida por un total de 30 días, a contar del 29 de marzo de 2023, luego de un reposo autorizado de 126 días, por reposo no justificado. 2) N° R-01-IBS-86640-2024, de 31 de mayo de 2024, que confirmó lo resuelto por la COMPUN Metropolitana, Subcomisión Sur, en orden a confirmar el rechazo por parte de Isapre Cruz Blanca S.A. de la licencia N° 14497303-8, extendida por 30 días, a contar del 28 de abril de 2023, por reposo no justificado. Pide que se le paguen las licencias referidas. Segundo: Que informó SEBASTIÁN DE LA PUENTE HERVÉ, en representación de la SUSESO, quien pidió el rechazo del recurso, con costas. Primeramente, alega la extemporaneidad del recurso, atendido que el plazo de 30 días para interponerlo debería contarse desde el primer reclamo ante la SUSESO que se hizo respecto de las licencias reclamadas, el cual data del 25 de julio de 2023. Pide, en segundo término, se declare improcedente la acción, por cuanto la materia sobre la que realmente versa dice relación con un derecho perteneciente al sistema de seguridad social, establecido en el numeral 18 del artículo 19 de nuestra Carta Fundamental, que no está amparado por la acción cautelar que motiva estos autos. Alega que no ha incurrido en el acto que se estima ilegal y arbitrario, pues su representada se limitó a resolver con apego a la normativa legal y reglamentaria el reclamo que, en su oportunidad, presentó la recurrente en contra de la COMPIN Región Metropolitana, que rechazó las 4 licencias médicas que motivan
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se declara que se rechaza, sin costas, el recurso deducido por Snella Giovanna Siciliano Ramírez. Regístrese, comuníquese y, oportunamente, archívese. N°Protección-15672-2024. En Santiago, veinticuatro de octubre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: Primero: Que, el 10 de junio de 2024, Snella Giovanna Siciliano Ramírez, mediante correo electrónico, recurre de protección por el rechazo de sus licencias médicas N° 14199804-8, extendida con fecha 29/3/2023 y N° 14497303-8, extendida el 28/4/2023, emitidas por médico siquiatra. El texto del corre
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