MANOSALVA/SOCIEDAD GASTRONOMICA PUERTO TEMUCO SPA
Rol
Fecha
24 de octubre de 2024
Materia
DESPIDO INDIRECTO
Resultado
ABANDONADO RECURSO
Hechos
Vistos: Con el mérito de la certificación precedente y de conformidad a lo dispuesto por el artículo 481 del Código del Trabajo, se declara ABANDONADO el recurso de nulidad deducido por la abogada doña Katterine Jiménez Molina, en contra de la sentencia de fecha diecisiete de mayo de dos mil veinticuatro, que consta en carpeta digital. Regístrese y devuélvase. N°Laboral - Cobranza-280-2024. (cwm)
Fallo
se declara ABANDONADO el recurso de nulidad deducido por la abogada doña Katterine Jiménez Molina, en contra de la sentencia de fecha diecisiete de mayo de dos mil veinticuatro, que consta en carpeta digital. Regístrese y devuélvase. N°Laboral - Cobranza-280-2024. (cwm)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veinticuatro de octubre de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 15: Téngase presente. Vistos: Con el mérito de la certificación precedente y de conformidad a lo dispuesto por el artículo 481 del Código del Trabajo, se declara ABANDONADO el recurso de nulidad deducido por la abogada doña Katterine Jiménez Molina, en contra de la sentencia de fecha diecisiete de mayo de dos
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