SIN INFORMACION

GUTIÉRREZ/CUERPO DE BOMBEROS DE TALCA

Rol

Fecha

24 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que el recurso de protección de autos es el siguiente: FRANCISCO JAVIER GUTIÉRREZ SEPÚLVEDA, CI 16003236-7, Ingeniero en prevención de riesgos, calidad y ambiente, domiciliado en Pasaje las Palmeras N° 1959 de la Comuna de Maule; y según lo autoriza el artículo 2° del auto acordado sobre tramitación y

Fallo

fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales a S.S. Ilustrísima respetuosamente digo: Que, vengo en deducir recurso de protección en contra del CUERPO DE BOMBEROS DE TALCA, RUT 82.104.800-1, representada para estos efectos por don PABLO CACERES PEREIRA, RUT 8.705.985-5, ambos con domicilio en calle 2 Sur N° 1160, comuna de Talca, atendido a que la recurrida ha vulnerado mis garantías constitucionales, en particular mi derecho al debido proceso y la igualdad ante la ley, garantías previstas en los numerales 2° y 3° del Artículo 19 de la Constitución Política de la República, a fin de S.S. Ilustrísima adopte las medidas tendientes a restablecer el imperio del derecho y en definitiva se asegure la debida protección de mi persona, ordenando a la recurrida mi reintegro a la institución, conforme a los antecedentes de hecho y de derecho que paso a exponer: ANTECEDENTES EN LOS QUE SE FUNDA EL PRESENTE RECURSO: El día 27 de agosto de 2019 ingresé a la Tercera Compañía del Cuerpo de Bomberos de Talca, luego de haber sido aprobada mi incorporación por el Honorable Directorio General. En el transcurso de mi vida bomberil, me he desempeñado en diversos cargos dentro de mi compañía y del cuerpo, entre ellos puedo destacar: Tesorero de Compañía, Inspector de Estudios Técnicos del Cuerpo y miembro de la Fuerza de Tarea Talca. Con fecha 29 de diciembre de 2023 se inició proceso disciplinario en mi contra, por parte del Consejo de Disciplina de Compañía, por informe rea

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Talca, veinticuatro de octubre de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: Primero: Que el recurso de protección de autos es el siguiente: FRANCISCO JAVIER GUTIÉRREZ SEPÚLVEDA, CI 16003236-7, Ingeniero en prevención de riesgos, calidad y ambiente, domiciliado en Pasaje las Palmeras N° 1959 de la Comuna de Maule; y según lo autoriza el artículo 2° del auto acordado sobre tramitación y fallo del

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