ASPE / RENZO GUILLERMO SEGUEL VELÁSQUEZ Y OTRO
Rol
Fecha
24 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparece el abogado Ewald Alexander Meyer Bustos, quien interpone recurso de protección en nombre y a favor de don Cristóbal Alexander Aspé Vargas, en contra de doña Margot Kristel Quezada Helbig y de don Renzo Guillermo Seguel Velásquez por el acto ilegal y arbitrario consistente en la publicación de expresiones injuriosas en redes sociales que dañan severamente su honra y por los constantes actos de acoso en su contra, solicitando se eliminen las publicaciones realizadas en la red social Instagram y que se abstengan en el futuro de realizar publicaciones en el mismo tenor, con expresa condena en costas. Señala que el recurrente tuvo una relación de pareja con doña Margot Kristel Quezada Helbig desde mayo hasta octubre del año 2020 y que terminaron su relación debido a episodios de violencia. Sin perjuicio de lo anterior, mantuvieron una dinámica de ruptura y reconciliación hasta noviembre del año 2021. Refiere que con fecha 12 de diciembre de 2020, según consta de las capturas de pantalla acompañadas a la presentación de folio 1, el recurrente recibió comentarios en su perfil de Facebook por parte del padre de la recurrida, en el siguiente tenor “hay muchas formas de agredir conchadetumadre y mi hija se defendió. hace eso con un hombre que te cae el poto ya que fuiste culiado” y “maricon a una mujer no se le agrede menos si te a dado amor”. Expresa que la recurrida realizó una publicación difamatoria con fecha 20 de diciembre de 2020, en su perfil de Facebook, bajo el usuario “Margot Kristel”, en el siguiente tenor “Y bueno…sé que no iba a decir nada más pero ahora la rata atacó de nuevo Con autorización de valentina (su pareja estas últimas semanas ahora ex) subo esto Nuevamente prometiendo amor eterno y a los días ya vuelve a agredir a otra cabra vulnerable, sacarle plata, negar a su hijo y victimizarse (tb dejándola mal a ella) Me alegro mucho que hayas tenido la valentía que yo no tuve de irte a la primera, más encima como pueden leer la
Fundamentos
considerando: Primero: Que el actor solicita, mediante la acción cautelar de protección, que se ordene la eliminación de las publicaciones y comentarios que mantengan en su contra, en la red social Instagram por parte de la recurrida, y que esta última se abstenga en lo sucesivo de realizar publicaciones del tenor de las que motivaron la presente acción cautelar, ya que se trataría de publicaciones difamatorias, que vulneran su vida privada, honra e imagen y con ello, las garantías constitucionales contempladas en el artículo 19 numerales 1 y 4 de la Constitución Política de la República. Segundo: Que, el hecho vulneratorio que el actor tilda de ilegal y arbitrario consiste en injurias de parte de la recurrida realizadas mediante redes sociales, en abierta vulneración a su derecho a la honra, afectándole de manera psicológica Tercero: Que, de los documentos acompañados se desprende que, la información presentada no cuenta con la debida verificación de su origen, ya que las publicaciones en cuestión no demuestran de manera fehaciente que provenga de la parte recurrente. Asimismo, los perfiles mencionados no brindan la acreditación necesaria para establecer que la información emanara de la recurrida. A mayor abundamiento, la única publicación registrada bajo el usuario “Margot Kristel” es del 20 de diciembre de 2020 y no hace mención al recurrente. Cuarto: Que, en la especie, no se ha logrado acreditar con un mínimo de suficiencia necesaria, las conductas que se atribuyen a la recurrida para determinar su autoría en las injurias de las que reclama el recurrente, por lo que, en dichas circunstancias, esta Corte no puede acoger el recurso entablado al no haberse logrado demostrar con la certeza requerida, alguna acción u omisión arbitraria o ilegal imputable a la recurrida.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de don Cristóbal Alexander Aspé Vargas, en contra de doña Margot Kristel Quezada Helbig. Regístrese, notifíquese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. N°Protección-2859-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticuatro de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, comparece el abogado Ewald Alexander Meyer Bustos, quien interpone recurso de protección en nombre y a favor de don Cristóbal Alexander Aspé Vargas, en contra de doña Margot Kristel Quezada Helbig y de don Renzo Guillermo Seguel Velásquez por el acto ilegal y arbitrario consistente en la publicación
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