SILVA/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
24 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparece la abogada Irene Levy Valenzuela, quien interpone recurso de amparo a favor de Gabriel Silva Montano quien actualmente cumple condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Valparaíso y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso por el rechazo a otorgar la libertad condicional al amparado. Señala que la Comisión recurrida interpretó en forma errónea la ley por cuanto el amparado si cumplía los requisitos establecidos en el Decreto Ley 321, por lo que solicita, en definitiva, que se acoja la presente acción y se le otorgue al amparado el beneficio de libertad condicional. A folio 4, evacúa informe el Alcaide del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Valparaíso, quien indica que por el amparado no fue postulado a la Comisión por no presentar la conducta requerida, de manera que no se elaboraron informes a su respecto. A folio 5, informa la Presidenta (S) de la Comisión de Libertad Condicional, señalando que Se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Primero: Que por la vía del presente recurso de amparo se cuestiona la legalidad de una supuesta resolución emanada de la Comisión de Libertad Condicional, por medio de la cual se habría rechazado conceder al amparado el beneficio de la libertad condicional, según el razonamiento en ella contenido. Segundo: Que de acuerdo con lo informado por las recurridas Comisión de Libertad Condicional y Gendarmería de Chile, el acto contra el cual se recurre es inexistente, toda vez que el interno Gabriel Silva Montano no fue postulado al beneficio en el proceso correspondiente al segundo semestre de 2024, por no cumplir los requisitos establecidos en el DL N°321, por lo que en ausencia de ese presupuesto fáctico, conlleva que el presente arbitrio sea desestimado, considerando además que el recurso de amparo tampoco constituye la vía idónea para solicitar la incorporación del amparado dentro de los postulantes al beneficio para ante la Comisión de Libertad Condicional. Tercero: Que, por otra parte, en relación con la situación fáctica producida el recurrente, o su representante, debieron recurrir ante la instancia administrativa correspondiente, dado que la versión que esta última entrego a la Corte, difiere de los antecedentes aportados por el ente recurrido, razones todas por las que se rechazara el presente arbitrio.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Gabriel Silva Montaño y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso. Regístrese, notifíquese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-2086-2024. En Valparaíso, veinticuatro de octubre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Dgm. C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticuatro de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, comparece la abogada Irene Levy Valenzuela, quien interpone recurso de amparo a favor de Gabriel Silva Montano quien actualmente cumple condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Valparaíso y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso por el rechazo a otorgar la l
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