MUÑOZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA)
Rol
Fecha
23 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Visto y teniendo presente: 1º) Que atendido lo que previene el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, el recurso de protección se interpondrá ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o incurrido en la omisión arbitraria o ilegal que ocasionen privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales respectivas. 2º) Que los antecedentes acompañados dan cuenta que la omisión contra la cual se recurre y el domicilio del actor, donde se producirán sus efectos, no corresponden al territorio jurisdiccional de este tribunal. Por la anterior motivación y de conformidad con lo que señalado N° 1 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, declarase incompetente esta Corte de Apelaciones de Talca, para el conocimiento del recurso intentado en lo principal de fojas 1. Remítanse los antecedentes a la Iltma Corte de Apelaciones de Rancagua para su conocimiento y fallo. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-2016-2024. acl
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, el recurso de protección se interpondrá ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o incurrido en la omisión arbitraria o ilegal que ocasionen privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales respectivas. 2º) Que los antecedentes acompañados dan cuenta que la omisión contra la cual se recurre y el domicilio del actor, donde se producirán sus efectos, no corresponden al territorio jurisdiccional de este tribunal. Por la anterior motivación y de conformidad con lo que señalado N° 1 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, declarase incompetente esta Corte de Apelaciones de Talca, para el conocimiento del recurso intentado en lo principal de fojas 1. Remítanse los antecedentes a la Iltma Corte de Apelaciones de Rancagua para su conocimiento y fallo. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-2016-2024. acl
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: 1º) Que atendido lo que previene el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, el recurso de protección se interpondrá ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o incurrido en la omisión
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