PACHECO/EMPRESA FACAZ COMBUSTIBLE SPA Y MUNICIPALIDAD DE CUREPTO
Rol
Fecha
23 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO. Que comparece doña Diva Del Rosario Pacheco Saavedra, chilena, viuda, jubilada, cédula nacional de identidad número 6.397.596-6, con domicilio en calle Luis Ambrosio Concha sin numero de la comuna de Curepto, provincia de Talca, región del Maule, interpone acción de protección en contra de la empresa Facaz Combustible SPA, RUT 76.490.943-7, con domicilio en calle Montt número 682 de la Comuna de Curicó, representada legalmente por el señor Fidel Antonio Aravena Zamudio, y en contra de la Ilustre De Municipalidad De Curepto, RUT 69.110.300-5, con domicilio en la plaza sin número de la comuna de Curepto, representada legalmente por su alcalde, el señor René Alejandro Concha González, cédula nacional de identidad número 13.371.106-6. Reclama como acto ilegal y arbitrario, la realización de maniobras de tierra por parte de la empresa recurrida Invoca como vulnerada garantía constitucional vulnerada, corresponde a la prescrita en el “artículo 24° inciso tercero de la Constitución Política de la República.” (sic). Pide acoger su recurso en contra de los recurridos y se les conmine a la paralización de las obras y realización de las fiscalizaciones de rigor. Señala ser dueña del bien raíz inscrito en los registros de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces a fojas 619, número 596, correspondiente al año 2019, el que tiene como deslindes los siguientes: NORTE, con Pedro Iván Salamanca; SUR, con resto de propiedad de vendedor don Víctor Adrián Pino Pino; ORIENTE, con Raúl Fuenzalida y PONIENTE, con Calle Pública. Expresa que el 15 de junio del año en curso, la recurrida empresa Facaz, empezó a realizar maniobras de movimiento de tierras, por el lado norte de su domicilio, realizando una calicata de más de 5 metros de profundidad, por unos 10 metros aproximadamente, a no menos de un metro de separación del muro divisorio de su casa que separa a ambas heredades, instalando dentro de las calicatas, dos estanques de almacenamiento de combus
Fundamentos
considerando que la construcción del Sr. José Moreno no se encuentra regularizada en la Dirección de Obras Municipales, esta debiera encontrarse a 1.4 metros de la pandereta respecto a su construcción. También se señala que la obra tiene una duración con fecha de inicio el 19.06.2024 y fecha de termino el 19.10.2024, los trabajos estarán a cargo de Sr. Jaime Verdugo, se adjunta informe técnico para modificación de obra, firmado por profesional Ingeniera civil Químico, Sra. Mónica Rivera F. Manifiesta esta Superintendencia que el 1 de agosto de 2024, mediante Ord. N° 239294, esta Superintendencia dio respuesta al reclamo del Sr. Moreno, señalando que conforme a lo establecido el Decreto Supremo N° 160/2008, esta Superintendencia resuelve desfavorablemente su reclamo, en vista que la estación de servicio motivo del reclamo, es una instalación ya existente, y que actualmente se encuentra en proceso de modificación de sus instalaciones incorporando nuevos tanques y eliminando permanentemente en sitio otros más antiguos, que se ha cumplido con la comunicación a SEC del inicio de obras. Además, se señaló que del análisis de los datos obtenido en la fiscalización de SEC, se puede concluir que los tanques cercanos a la propiedad de la reclamante, cumplen con las distancias de seguridad. Finalmente se debe señalar que todo proyecto de instalación de CL o la modificación de ésta, para su ejecución de sus obras debe en primer lugar, contar con los permisos municipales de las Direcciones de Obras, una vez obtenido estos permisos, se realiza la comunicación a SEC de inicio de obras y terminado el proyecto se inscribe en esta Superintendencia. Indica que aquel reclamante Sr. Moreno, al no quedar conforme con lo resuelto por este Servicio, mediante incidente 240821- 001022 de fecha de ANT., interpuso nuevo reclamo en contra de la estación de servicio antes señalada, argumentando nuevos antecedentes. Considerando esta nueva presentación, esa Superintendencia mediante Ord. N° 245653, de fecha 9 de septiembre pasado, se solicitó a la empresa Sociedad De Transportes Y Rent A Car Aravena Y Aravena Ltda., copia del plano de la instalación de CL, con sus modificaciones efectuada a la fecha, incluir detalles de diseño y construcción de la instalación de CL; antecedentes sobre el montaje de los dos tanques nuevos instalados (30 y 20 m3 de capacidad), medios fotográficos o videos del soterramiento de estos tanques si se tienen como antecedente; un estudio de suelo donde se emplazan los dos tanques nuevos de 30 y 20 m3 de capacidad, esto a través de un procedimiento de calicatas realizado por un laboratorio o empresa responsable dedicada a este tipo de trabajos, debiendo coordinar con SEC el día y hora de la ejecución de los trabajos para la presencia de este servicio en el lugar. Termina informando que por la reciente de la instrucción dichos estudios aun no han sido realizados por lo que se resolverá una vez concluidos aquellos. QUINTO. Que es necesario, para el aná
Fallo
Fallo del recurso de que se trata, SE RECHAZA el recurso de protección interpuesto por Diva Del Rosario Pacheco Saavedra, en contra de Facaz Combustible SPA, y de la Ilustre De Municipalidad De Curepto, sin costas. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Redacción del ministro suplente Jaime Cruces Neira Rol N°1687-2024 Protección. Se deja constancia que no firma el Ministro (S) don Jaime Cruces Neira y la Abogada doña Carolina Araya López, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo, el primero, por haber concluido su suplencia y, la segunda, ausente.
Texto Completo (Preview)
Talca, veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO. Que comparece doña Diva Del Rosario Pacheco Saavedra, chilena, viuda, jubilada, cédula nacional de identidad número 6.397.596-6, con domicilio en calle Luis Ambrosio Concha sin numero de la comuna de Curepto, provincia de Talca, región del Maule, interpone acción de protección en contra de la empresa Facaz Combu
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica