1º JUZGADO CIVIL DE PUENTE ALTO

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE MAIPO CON DISEÑO, INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN OCTAVIO BOBADILLA RABOY EIRL. ACUMULADO INGRESO DE CORTE N°558-2024 CIVIL

Rol

Fecha

23 de octubre de 2024

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

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Hechos

Vistos: I. En cuanto al ingreso corte N°1871-2023 Atendido el mérito de la controversia y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de veinte de abril de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado Civil de Puente Alto, en los autos Rol C-6014-2022, con declaración que se agrega un cuarto punto de prueba, al siguiente tenor “Si el demandante cumplió con las obligaciones contractuales emanadas del contrato referido en el punto anterior. En la afirmativa, hechos, circunstancias y forma en que éstas se cumplieron”. II.- En cuanto al ingreso corte N°558-2024 Primero: Que es deber del tribunal velar por la correcta ritualidad del procedimiento, aun con independencia de la actividad de las partes. Segundo: Que, en la especie se observa que la demandada incumplió la carga procesal de señalar un domicilio dentro del territorio jurisdiccional del tribunal, resultando aplicable lo dispuesto en los artículos 49 y 53 del Código de Procedimiento Civil. Tercero: Que, en este sentido, el llamado a absolver posiciones que efectuó el ministro de fe el día 19 de octubre de 2023, fue absolutamente extemporáneo y, por ende, el certificado de que se trata en este artículo es improcedente. Por estas consideraciones, esta Corte, haciendo uso de las facultades contenidas en el inciso final del artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, a fin de evitar la nulidad de los actos del procedimiento, deja sin efecto el certificado de folio 65. En virtud de lo resuelto precedentemente, se omite pronunciamiento del recurso de apelación concedido el dos de enero del año en curso, en contra de lo resuelto el diecinueve de diciembre de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado Civil de Puente Alto, en los autos Rol C-6014-2022. Devuélvase. N° 1871-2023-Civil.

Fallo

Por estas consideraciones, esta Corte, haciendo uso de las facultades contenidas en el inciso final del artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, a fin de evitar la nulidad de los actos del procedimiento, deja sin efecto el certificado de folio 65. En virtud de lo resuelto precedentemente, se omite pronunciamiento del recurso de apelación concedido el dos de enero del año en curso, en contra de lo resuelto el diecinueve de diciembre de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado Civil de Puente Alto, en los autos Rol C-6014-2022. Devuélvase. N° 1871-2023-Civil.

Texto Completo (Preview)

Dejo constancia que alegó revocando la abogada Allison Kuhl Abarca. San Miguel, 23 de octubre de 2024. Sebastian Platt Astorga, relator. San Miguel, veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro. Al folio 52: Téngase presente. Vistos: I. En cuanto al ingreso corte N°1871-2023 Atendido el mérito de la controversia y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Có

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