MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ MAXIMO MANUEL FIGUEROA (36107260)
Rol
Fecha
23 de octubre de 2024
Materia
CONTRABANDO DE DINERO. ART.168 BIS DFL 30
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y compartiendo los argumentos vertidos por el Sr. Juez a quo, en especial aquellos que dicen relación con el cumplimiento de los criterios establecidos en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 149 del mismo cuerpo legal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada por el Juzgado de Garantía de esta ciudad, en audiencia de dieciocho de octubre del año en curso, por la que dispuso las medidas cautelares contempladas en las letras c) y d), esto es, la obligación de firma mensual, misma que deberá estampar ante la Fiscalía Local de esta ciudad y la prohibición de salir de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena, en cuanto a la medida cautelar consistente en la prohibición de salir de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena, con caución económica suficiente para reemplazarla por la suma de $10.000.000, respecto del imputado Máximo Manuel Figueroa. Comuníquese lo resuelto al Juzgado a quo. Rol N° 333-2024. Penal.
Texto Completo (Preview)
Punta Arenas, veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y compartiendo los argumentos vertidos por el Sr. Juez a quo, en especial aquellos que dicen relación con el cumplimiento de los criterios establecidos en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 149 del mismo cuerpo legal, SE CONF
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica