JUZGADO DE GARANTIA DE PUNTA ARENAS

CLAUDIA DE LOURDES SRDANOVIC CÁRDENAS / JUEZA SRA. PAULA ANDREA STANGE KAHLER

Rol

Fecha

23 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparecen ante esta Corte de Apelaciones Francisca Valencia Arias y Yerko Sagredo Srdanovic, abogados e interponen acción de amparo en favor de Claudia de Lourdes Srdanovic Cárdenas, Cédula de Identidad Nº12.005.902-5, imputada en causa RUC 2300266891-2, RIT O-2005-2023, en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Punta Arenas el 21 de octubre de 2024 por SS. Doña Paula Stange Kahler, quien rechazó la solicitud realizada por la defensa de ilegalidad de la detención, y resolvió la ampliación del plazo de ella,

Fundamentos

considerando que la resolución referida es ilegal y priva consecuencialmente la libertad personal de la amparada. Refieren que el día 20 de octubre de 2024 personal de la Policía de Investigaciones de Punta Arenas se presenta en el domicilio de la amparada con una supuesta orden de allanamiento expedida por el Juez de Garantía, con motivo de recabar antecedentes en una causa donde se investigan los delitos de contrabando y asociación ilícita que involucrarían a diversas personas. Se le informa a la amparada que uno de los inmuebles donde supuestamente habrían ocurrido los hechos ilícitos es aquel del cual ella es propietaria y arrendadora, se le señala, luego de aquello la situación de encontrarse detenida. Al consultar sobre las circunstancias de dicha detención, el personal de la Policía de Investigaciones le indica que se trataría de una orden de detención verbal por parte del juez de garantía. Posteriormente, el día 21 de octubre de 2021 se llevó a cabo la audiencia de control de legalidad de la detención, en la cual el Juzgado de Garantía de Punta Arenas, determinó la legalidad de la detención de doña Claudia Srdanovic, a pesar de que, según se ventiló en la audiencia, la orden de detención expedida mantenía su vigencia solo hasta el 18 de octubre del presente año. En dicha instancia se resolvió, además, que había mérito suficiente para ampliar la detención por dos días más (hasta el 23 de octubre) momento en el cual se realizaría la formalización de cargos. Hacen presente que la amparada es cuidadora de su hija menor de edad y de su madre, quien se encuentra convaleciente de una reciente operación que la mantiene con reposo total y no ha sido condenada anteriormente por falta, crimen o simple delito. Agrega que la detención procede sin entregarse a la amparada ningún documento en el cual constare la autorización judicial respectiva, ni tampoco los cargos en virtud de los cuales se fundamenta dicha detención. Finalmente, entienden que la determinación de la ampliación de la detención es resuelta por la jueza Paula Stange Kahler en circunstancias en que a la luz de los antecedentes resultaba del todo improcedente, ya que el actuar de la amparada, solo viene a reforzar la idea de colaboración con la persecución de estos fines y lo prescindible de tomar una medida que restrinja su libertad personal de tal manera. Concluyen que no se cumplen los presupuestos para el otorgamiento de la ampliación de la detención pues, procedía declarar la ilegalidad de la detención, en los términos planteados en esta acción. Solicitan, se acoja la acción y se considere como ilegal dicha resolución que declara la legalidad de la detención y aumenta el plazo de detención por amenazar la libertad personal, disponiendo en cambio que se ordene la libertad de la ampara y se determine una medida cautelar menos gravosa que permita cumplir los fines del procedimiento, y así se restablezca el imperio del derecho y se asegure la debida protección de su defendida. Ac

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto en favor de Claudia de Lourdes Srdanovic Cárdenas, por los abogados Francisca Valencia Arias y Yerko Sagredo Srdanovic, en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de esta ciudad con fecha 21 de octubre en causa RIT O-2005-2023. Regístrese, comuníquese lo resuelto al Juzgado a quo y archívese en su oportunidad. Rol N°135-2024 AMPARO.

Texto Completo (Preview)

Punta Arenas, veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Comparecen ante esta Corte de Apelaciones Francisca Valencia Arias y Yerko Sagredo Srdanovic, abogados e interponen acción de amparo en favor de Claudia de Lourdes Srdanovic Cárdenas, Cédula de Identidad Nº12.005.902-5, imputada en causa RUC 2300266891-2, RIT O-2005-2023, en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Gara

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