ANONIMIZADO
Rol
Fecha
23 de octubre de 2024
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: El mérito de los antecedentes y, no habiéndose acreditado la capacidad económica del demandado, efectivamente correspondía que se diese aplicación a la presunción prevista en el artículo 3 de la Ley N° 14.908, cuyos incisos 1° y 2° disponen que: “Para los efectos de decretar los alimentos cuando un menor los solicitare de su padre o madre, se presumirá que el alimentante tiene los medios para otorgarlos” y “En virtud de esta presunción, el monto mínimo de la pensión alimenticia que se decrete a favor de un menor alimentario no podrá ser inferior al cuarenta por ciento del ingreso mínimo remuneracional que corresponda según la edad del...
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos: El mérito de los antecedentes y, no habiéndose acreditado la capacidad económica del demandado, efectivamente correspondía que se diese aplicación a la presunción prevista en el artículo 3 de la Ley N° 14.908, cuyos incisos 1° y 2° disponen que: “Para los efectos de decretar los alimentos cuando un menor los solicitare de su padr
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