SIN INFORMACION

REYES VALDEBENITO GIOVANNI EMILIO/ GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

23 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Ivan Vodanovic Del Solar, abogado, a nombre del condenado don Giovanni Reyes Valdevenito, deduciendo acción de amparo constitucional en contra de Gendarmería de Chile, por el acto consistente en trasladar al interno de manera intempestiva y arbitraria del recinto penitenciario CCP Colina I, al CDP Santiago Sur, poniendo en riesgo su seguridad personal. Por la gravedad de la situación señalada solicita se adopten todas las medidas de seguridad necesarias, pues el traslado representa un riesgo serio y creíble, en contra de la seguridad física del interno, toda vez que el CDP Santiago sur es una cárcel altamente hacinada que no provee las condiciones de seguridad y seccionamiento necesarias para un reo. Alega, que si bien la ley faculta a gendarmería a trasladar internos de un penal a otro, dichos traslados deben estar fundados y seguir un procedimiento, situación omitida por parte de la recurrida, toda vez que no medió ningún tipo de notificación o aviso hacía el interno antes, durante o después del traslado en cuestión. Reclama, que el recluso fue víctima del delito extorsión, sustrayéndole una suma cercana a los $290.000.- (doscientos noventa mil pesos) hecho acontecido el 13 y 14 de octubre del corriente y denunciado por familia a fiscalía. Por tanto, solicita que se acoja el presente recurso y se adopten las medidas necesarias para proteger la vida e integridad física del amparado, dejando sin efecto el traslado reclamado. Segundo: Que, en cumplimiento de lo ordenado por esta Corte, el abogado de Gendarmería de Chile, don José Luis Arriaza Sánchez, evacuó el informe requerido, exponiendo los siguientes antecedentes y argumentos. En primer término, indica que el amparado fue condenado por el 6° Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Santiago en Causa RUC N° 0500476068-0, RIT Nº285-2006 (RIT Nº884-2005 del 10° Juzgado de Garantía de Santiago), a la pena de Presidio Perpetuo Calificado por el delito de Viol

Fallo

Por tanto, solicita que se acoja el presente recurso y se adopten las medidas necesarias para proteger la vida e integridad física del amparado, dejando sin efecto el traslado reclamado. Segundo: Que, en cumplimiento de lo ordenado por esta Corte, el abogado de Gendarmería de Chile, don José Luis Arriaza Sánchez, evacuó el informe requerido, exponiendo los siguientes antecedentes y argumentos. En primer término, indica que el amparado fue condenado por el 6° Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Santiago en Causa RUC N° 0500476068-0, RIT Nº285-2006 (RIT Nº884-2005 del 10° Juzgado de Garantía de Santiago), a la pena de Presidio Perpetuo Calificado por el delito de Violación con Homicidio o Femicidio, iniciando el cumplimiento de su condena el 2 de octubre de 2005, correspondiendo el término de esta, en fecha 31 de diciembre de 2999. Refiere, que el interno actualmente en la Calle 2-B del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, siendo clasificado como un interno de bajo compromiso delictual, obteniendo un puntaje de 73,3 puntos sobre 171,0 posibles. En cuanto a la solicitud de retorno, informa que no es posible acceder a su petición, conforme a lo dispuesto en el Oficio Circular Nª316 de fecha 27 de julio de 2021 del Director Regional Metropolitano de Gendarmería de Chile, quien, en uso de las facultades, le confiere a la Directora Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile a través de su Resolutivo Exento Nº 4253, de fecha 27 de septiembre del año en desarrollo,

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 10: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Ivan Vodanovic Del Solar, abogado, a nombre del condenado don Giovanni Reyes Valdevenito, deduciendo acción de amparo constitucional en contra de Gendarmería de Chile, por el acto consistente en trasladar al interno de mane

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