OSSES LILLO ERIKA DE LAS MERCEDES/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE RENCA
Rol
Fecha
23 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Erika de las Mercedes Osses Lillo, quien interpone acción de amparo económico en contra de la Ilustre Municipalidad de Renca, por el acto ilegal y arbitrario consistente en decretar la caducidad de la patente de alcoholes N° 4-261 otorgada a la amparada, dispuesta por el Decreto Alcaldicio N° 807 de fecha 4 de abril de 2024, lo que conculcaría su garantía constitucional del N° 21 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Explica que la patente referida fue adquirida por su familia hace más de 45 años, y que fue siempre la fuente principal de ingresos de su marido y sus tres hijos. Señala que su marido falleció y sus hijos ya han formado sus propios hogares, por lo cual dicha patente es su único sustento económico, asumiendo la administración del negocio. Indica que la recurrida declaró caduca la patente porque no presentó la documentación correspondiente dentro de plazo, el cual era hasta el 31 de enero de 2024. Manifiesta que cuando se dispuso a pagar los derechos correspondientes, en julio de 2024, no se le permitió realizar el pago por no presentar la documentación dentro de fecha, cuestión que subsanó el día 25 del mismo mes, presentando todo lo requerido en la oficina de partes de la Municipalidad. Reclama que no fue sino hasta el 11 de septiembre del año en curso que se enteró de la resolución que declaró la caducidad de la patente, cuando luego de reiterados reclamos y presión la municipalidad le entregó copia del decreto alcaldicio. Argumenta que la Municipalidad ha vulnerado el artículo 5 en sus incisos tercero y cuarto de la Ley N° 19.925 sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, y el artículo 54 de la Ordenanza N° 006 sobre “Normas de actividad industrial, comercial y de servicios”. Pide que se adopten de inmediato todas las providencias necesarias, consistentes en autorizar a la amparada la renovación de la patente de alcoholes del segundo semestre del año 2023 y el pago en
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo único de la ley N°18.971 y artículos 19 Nº21 y 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo económico deducido en favor de Erika de las Mercedes Osses Lillo y en contra de la Ilustre Municipalidad de Renca. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2723-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro. Al folio 13: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Erika de las Mercedes Osses Lillo, quien interpone acción de amparo económico en contra de la Ilustre Municipalidad de Renca, por el acto ilegal y arbitrario consistente en decretar la caducidad de la patente de alcoholes N° 4-261 otorgada a
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