ANONIMIZADO
Rol
Fecha
23 de octubre de 2024
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ART. 288 BIS
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y
Fundamentos
considerando que en el presente caso no fueron controvertidos los presupuestos materiales del hecho punible, y atendida la gravedad del delito formalizado y la pena asignada al mismo, y los principios de excepcionalidad y proporcionalidad establecidos en la Ley Nº 20.084, se estima que en la especie la internación provisoria resulta excesiva, sin perjuicio de lo cual la necesidad de cautela propia del ilícito atribuido hace indispensable la aplicación de alguna de las medidas cautelares que dé protección a la víctima y permita mantener a los imputados adolescentes vinculados al procedimiento, como ...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y considerando que en el presente caso no fueron controvertidos los presupuestos materiales del hecho punible, y atendida la gravedad del delito formalizado y la pena asignada al mismo, y los principios de excepcionalidad y proporcionalidad establecidos en la Ley Nº 20.084, se e
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