GARCÉS ARÁNGUIZ MAURICIO ANTONIO/DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA DE GENDARMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
23 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Oscar Andrés Álvarez Suárez, abogado y defensor penal privado, en representación de Mauricio Garcés Aránguiz, quien interpone acción de amparo constitucional en contra de Gendarmería de Chile, en virtud del acto que califica de ilegal y arbitrario consistente en abstenerse de conceder al amparado los beneficios intrapenitenciarios tales como salida dominical, nocturna y diaria, pese a cumplir los requisitos objetivos y subjetivos para aquello, conculcando sus garantías constitucionales de los N° 1 y 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Explica que se encuentra rematado y cumpliendo condena en el Centro Penitenciario Santiago Sur, por sentencia emanada del Tribunal Oral en lo Penal de Melipilla. Manifiesta que ha mantenido excelente conducta extra penitenciaria, evaluada con calificación máxima en los últimos tres bimestres, así como un informe social favorable, y que nunca ha sido objeto de una sanción por mal comportamiento, reuniendo los requisitos objetivos para el otorgamiento de beneficios intrapenitenciarios. Acusa que, sin embargo, la Comisión Técnica de Gendarmería de Chile ha omitido revisar los antecedentes sociales, psicosociales y de comportamiento que lo avalan, perturbando ilegal y arbitrariamente su libertad personal y seguridad individual. Pide que se adopten las medidas necesarias para reestablecer el imperio del derecho y asegurar su debida protección, especialmente, disponiéndose conceder su libertad diaria. Segundo: Que, informando Gendarmería de Chile, solicita el rechazo del recurso. En cuanto a la salida dominical que reclama el amparado, manifiesta que al analizar sus antecedentes concluye que el interno sí se encuentra en condiciones de ser postulado al beneficio de salida dominical. Sin embargo, precisa, no existe registro de su solicitud personal y voluntaria para ser postulado al proceso de evaluación, y éstos no son otorgados de oficio por el Consejo Técn
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas, en el Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se resuelve que se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Mauricio Garcés Aránguiz. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-2866-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Oscar Andrés Álvarez Suárez, abogado y defensor penal privado, en representación de Mauricio Garcés Aránguiz, quien interpone acción de amparo constitucional en contra de Gendarmería de Chile, en virtud del acto que califica de ilegal y arbitrario consistente en abstenerse
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