SIN INFORMACION

CABEZA JOFRE MARCO ANTONIO/ GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

23 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, mediante formulario, comparece doña Sandra Jofré Carvajal, en favor de Marco Antonio Cabeza Jofré e interpone acción constitucional del amparo en contra de la Gendarmería de Chile, señalando que el amparado se encuentra en peligro de muerte, por lo que solicita su traslado a la “penitenciaría”. SEGUNDO: Que por Gendarmería de Chile evacuó informe el abogado José Luis Arriaza Sánchez, quien expone que el amparado fue condenado por el 2° Juzgado de Garantía de Santiago, en la causa RUC 2400966564-8, RIT 5647-2024, a la pena de 4 años, por su autoría en el delito de robo en lugar habitado o destinado a la habitación, iniciando el cumplimiento de su condena el 18 de agosto del presente año, encontrándose actualmente recluido en el Módulo 3 del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, siendo calificado como un interno de alto compromiso delictual. En lo relativo a la acción interpuesta, indica que de acuerdo a lo informado por la oficina de control penitenciario respectiva, se accede a la solicitud de traslado del amparado al Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, derivación que se concretará en la medida que así se resuelva en el presente arbitrio, y una vez que se haya elaborado por la autoridad institucional el acto administrativo que así lo disponga. TERCERO: Que conforme al artículo 21 de la Constitución Política de la República, el recurso de amparo tiene por objeto velar por las formalidades legales, adoptar las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado, cuando éste se hallare arrestado, detenido o preso, con infracción a lo dispuesto en la Carta Fundamental o en las leyes, pudiendo esta Corte disponer la libertad inmediata del individuo u ordenar que se reparen los defectos legales, corrigiéndolos o dando cuenta a quien corresponda para que los corrija. Además, el citado arbitrio puede deducirse a favor de toda persona que ilegalmente sufra

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Marco Antonio Cabeza Jofré en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Amparo N° 2824-2024.- Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich, conformada por la Ministra señora Lilian Leyton Varela y la Ministra suplente señora Andrea Soler Merino.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, mediante formulario, comparece doña Sandra Jofré Carvajal, en favor de Marco Antonio Cabeza Jofré e interpone acción constitucional del amparo en contra de la Gendarmería de Chile, señalando que el amparado se encuentra en peligro de muerte, por lo que solicita su traslado a la “pen

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