MP.C/ C.A.V.V., A.I.R.G. Y T.F.S.V.
Rol
Fecha
23 de octubre de 2024
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que no se han invocado antecedentes nuevos que permitan variar sustancialmente las circunstancias que se tuvieron en consideración, en su oportunidad, para imponer la internación provisoria. En efecto, el hecho de tener arraigo familiar cada uno de los infractores y presentarse documentación escolar que dan cuenta que únicamente uno de ellos, A.I.R.G., se encontraba estudiando este año 2024, resultan insuficientes para dicho fin. Por otro lado, se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los delitos por los que fue formalizada la investigación contra los adolescentes. Asimismo, se estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,
Fundamentos
considerando la gravedad y naturaleza de los ilícitos, forma de comisión, actuación en grupo o pandilla y sanción probable, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador para alcanzar los objetivos señalados en el inciso primero del artículo 155 del referido cuerpo legal en relación a los artículos 32 y 33 de la Ley N°20.084. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de quince de octubre del año en curso, por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo la internación provisoria de los infractores adolescentes de iniciales C.A.V.V., A.I.R.G. y T.F.S.V. Devuélvase vía interconexión. N° 3732-2024 Penal
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San Miguel, veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro. Sala: Segunda Rol Corte: 3732-2024-Penal Ruc: 2400939014-2 Rit: 2381-2024 10° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Relator: Nicole Bustos Maulén Caratulado: MP.C/ C.A.V.V., A.I.R.G. y T.F.S.V. Tipo de Recurso: Penal-cautelar personal. Escritos proveídos en audiencia: 2 San Miguel, veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos: Que, d
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