BANCO DEL ESTADO DE CHIL/MORALES
Rol
Fecha
23 de octubre de 2024
Materia
HIPOTECARIA, ACCIÓN SEGÚN LEY DE BANCOS
Resultado
REVOCADA/ALZA ONI/COMUNICAR
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Que conforme al artículo 103 Ley General de Banco, el plazo de oposición del ejecutado es de 5 días, que se encuentra vencido y certificado que la demandada no opuso excepciones a la resolución que ordenó el remate del inmueble hipotecado, por lo que se debe aplicar el plazo y procedimiento que fija el inciso 2 del artículo 153 Código de Procedimiento Civil, por encontrarse ejecutoriada la resolución que puso término al juicio. Por la anterior consideración y lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de seis de junio del año en curso, dictada en causa Rol C-3956-2019 del Primer Juzgado de Letras de Curicó y, en su lugar,
Fallo
se declara que se rechaza el incidente de abandono del procedimiento promovido por la parte demandada, sin costas del recurso. Se deja sin efecto la orden de no innovar decretada en autos. Comuníquese. Devuélvase. Rol 1.181-2024 Civil.
Texto Completo (Preview)
Talca, veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro. Visto y considerando: Que conforme al artículo 103 Ley General de Banco, el plazo de oposición del ejecutado es de 5 días, que se encuentra vencido y certificado que la demandada no opuso excepciones a la resolución que ordenó el remate del inmueble hipotecado, por lo que se debe aplicar el plazo y procedimiento que fija el inciso 2 del artícu
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