CASTILLO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL -VALPARAÍSO
Rol
Fecha
23 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1 se interpone recurso de amparo en favor de Guillermo Gabriel Castillo Castillo, quien actualmente cumple condena en el C.E.T. Camino La Pólvora, Valparaíso, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, que rechazó otorgar la libertad condicional al amparado. Sostiene que el condenado ha dado cumplimiento a los requisitos contemplados en el Decreto Ley N°321, no obstante, su postulación fue rechazada por la comisión, la que se encuentra en la obligación de fundamentar razonablemente sus decisiones. Solicita que se acoja el recurso, declarando la ilegalidad de la resolución recurrida, en cuanto niega la libertad condicional y en su lugar disponer que se la concede de manera inmediata. A folio 4, informa el Ministro Presidente (s) de la Comisión de Libertad Condicional, señalando que los
Fundamentos
motivos por los cuales el beneficio fue desestimado constan en la resolución que se impugna por esta vía y cuya copia acompaña. A folio 5, evacúa informe Gendarmería de Chile, remitiendo los antecedentes de postulación del amparado. A folio 6 se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, por esta vía extraordinaria se cuestiona la legalidad de la resolución por medio de la cual la recurrida no concedió el beneficio de la libertad condicional al amparado, por las razones que en ella se indican. Segundo: Que, aun cuando la recurrida tiene la facultad de ponderar la documentación que le sea presentada y, conforme a ella, decidir fundadamente sobre la solicitud, el carácter facultativo de esa determinación no importa que la misma pueda adoptarse desatendiendo los antecedentes aportados por el mencionado informe. Tercero: Que, del informe de postulación psicosocial de libertad condicional aparece que el interno presenta avances significativos en su proceso de reinserción social. En efecto, cuenta con beneficios intrapenitenciarios de salida dominical y salida fin de semana, iniciados en junio y septiembre del año 2023, respectivamente. Se añade que el amparado comprende la transgresión de la norma social, es capaz de reflexionar respecto de las consecuencias tanto para sí mismo como para terceros de sus acciones. Asimismo, ha participado de forma satisfactoria en programa privados de libertad del que forma parte, participando de talleres que apuntan al desarrollo de dichas competencias, lo cual ha facilitado su mantención en riesgo bajo de reincidencia. Cuarto: Que, en consecuencia, en este caso la Comisión recurrida ha negado la libertad condicional al sentenciado pese a cumplir con todos los requisitos previstos en los artículos 2° y 3° del Decreto Ley N°321, apareciendo la decisión contraria a los antecedentes pertinentes, con lo cual se ha privado ilegalmente al amparado de su derecho a recuperar, condicionalmente, su libertad ambulatoria, por lo que la acción de amparo examinada deberá ser acogida como se dirá a continuación.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de amparo interpuesto en favor de Guillermo Gabriel Castillo Castillo, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso y, en consecuencia, se deja sin efecto la resolución N°935-2024, de ocho de octubre del presente año, y en su lugar se declara que se le concede el beneficio de la libertad condicional al amparado, ya individualizado. Dese orden de libertad al interno antes nombrado, si no estuviere privado de ella por otra causa. Comuníquese lo resuelto a la Comisión de Libertad Condicional y al Centro de Estudio y Trabajo Camino La Pólvora, sirviendo la presente sentencia de suficiente y atento oficio remisor. Regístrese, notifíquese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-2076-2024. En Valparaíso, veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Dgm. C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1 se interpone recurso de amparo en favor de Guillermo Gabriel Castillo Castillo, quien actualmente cumple condena en el C.E.T. Camino La Pólvora, Valparaíso, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, que rechazó otorgar la libertad condicional al amparado. Sostiene que el
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica