SIN INFORMACION

ARCIA GARCIA ANIBAL JOSE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

23 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1, Lygens Gourdet, deduce acción de amparo en favor de Aníbal José Arcia García, de nacionalidad venezolana y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que considera ilegal, consistente en el rechazo de su solicitud de regularización migratoria, lo que estima vulneraría su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Explica que, el 17 de octubre 2023 el amparado obtuvo su tarjeta de infractor. Agrega que, el recurrente se encontraba con trabajo mientras la regularización se encuentra en trámite y que está en acuerdo de unión civil, con Maria Herminia Rivas Albarico. Indica que, la recurrida notificó al amparado un procedimiento sancionatorio, en virtud del cual se informa el rechazo de la solicitud de regularización y procede a ordenar el abandono del país por parte del amparado. Hace presente que, el amparado registra una solicitud de residencia temporal que le fue otorgada y no ha realizado viajes posteriores a dicho permiso, además de mantener una excelente conducta en el territorio nacional, no registrando antecedentes penales. Concluye solicitando, que se revierta la decisión de rechazar la solicitud de regularización migratoria y se ordene a la recurrida continuar con el procedimiento de solicitud de regularización migratoria del amparado, a fin de regularizar su situación y que el grupo familiar pueda permanecer unido en el país. A folio 4, evacúa informe el Servicio Nacional de Migraciones, señalando que el amparado ingresó al país de manera clandestina, eludiendo el control migratorio, conforme con lo informado por la Policía de Investigaciones y lo informado por el mismo extranjero en su recurso. Agrega que, el 13 de febrero de 2024, se informó al amparado que, en virtud del artículo 132 de la Ley N°21.325 de Migración y Extranjería, se inició un proceso sancionatorio de expulsión en su contra. Refiere que, en virtud de lo anterior, se dio al amparado un

Fundamentos

considerando: Primero: Que, la acción de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, a través del ejercicio de la presente acción cautelar se pretende que se revierta la decisión de rechazar la solicitud de regularización migratoria y se ordene a la recurrida continuar con el procedimiento de solicitud de regularización migratoria del amparado. Tercero: Que, el Servicio recurrido informa, en síntesis, que inició un proceso sancionatorio en contra del actor, haciendo presente que no ha dictado alguna orden de abandono, de expulsión o alguna otra sanción de carácter migratorio que amenace o vulnere la libertad personal o la seguridad individual del recurrente. Cuarto: Que, atendido al mérito de lo informado y los antecedentes incorporados, se colige que, si bien el 9 de mayo de 2023 se inició un procedimiento sancionatorio contra el amparado, notificada al actor el 13 de febrero de 2024, lo cierto es que no se ha acreditado algún acto terminal o formal de la recurrida, que rechace su solicitud de regularización migratoria y le imponga alguna sanción migratoria, ya sea de expulsión o abandono. En consecuencia, no se ha acreditado la existencia del acto que se estima ilegal, motivo suficiente para desestimar este arbitrio.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción de amparo deducida en favor de Aníbal José Arcia García en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-2055-2024.

Texto Completo (Preview)

Jfah.- C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, Lygens Gourdet, deduce acción de amparo en favor de Aníbal José Arcia García, de nacionalidad venezolana y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que considera ilegal, consistente en el rechazo de su solicitud de regularización migratoria, lo que estima vulneraría su derecho

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