JUAN ENRIQUE SILVA REBECO Y OTROS C/SEGUNDA SALA CORTE APELACIONES TEMUCO
Rol
Fecha
22 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: 1) Comparece Armin Iván Castillo Mora, abogado, en representación de don Juan Enrique Silva Rebeco, don José Guillermo Garrido Bustos, don Miguel Fernando Rubio Diocaretz y de don Rafael Laureano Recabal Bascuñán, e interpone acción constitucional de amparo en contra las Ministras de la de la Segunda Sala Corte de Apelaciones de Temuco: Sra. Cecilia Aravena López, Sra. María Georgina Gutiérrez Aravena y Cecilia Subiabre Tapia (S) y del Ministro de Fuero Álvaro Meza Latorre -Ministro en Visita-, quienes señala decidieron el cambio de medida cautelad de libertad bajo fianza a arresto domiciliario total de sus representados, en relación con el proceso penal Rol N°Penal-1561-2024 de la Corte de Apelaciones de Temuco. Se argumenta que esta decisión es arbitraria e ilegal y vulneratoria derechos constitucionales, ya que la revocación de la libertad provisional solo puede basarse en la comisión de un nuevo delito de igual o mayor gravedad, o en la violación de las condiciones de libertad, como la firma mensual. Sostiene que existe sentencia -condenatoria- en causa de sus representados, pero que la misma no está firme ni ejecutoriada, por lo que no hay justificación para cambiar la medida cautelar ya que estos han cumplido con sus obligaciones, firmando mensualmente y sin ser objeto de nuevos procesamientos, beneficiándose en su mayoría de la atenuante de irreprochable conducta anterior, atendido, además, que se encuentran en libertad provisional desde antes del cierre del sumario, es decir, desde la dictación de los autos de procesamiento. Se indica que actualmente el proceso está en estado de elevarse a la Corte Suprema, y los recursos de casación interpuestos no han sido resueltos, lo que implica que no han variado las circunstancias que justificarían una medida más gravosa. Solicita que se declare admisible el recurso de amparo, se revoque la resolución de la Corte de Apelaciones y se restablezca la libertad bajo fianza de los representados, con costas del p
Fallo
Por lo expuesto, no observándose en el caso una acción ilegal y/o arbitraria, menos aún es posible considerarla como vulneratoria de la libertad personal o la seguridad individual de la parte por quien se recurre; todas razones por las cuales no es posible acoger la presente acción constitucional de amparo. Por lo expuesto, normas citadas, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se resuelve que: Se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de don Juan Enrique Silva Rebeco, don José Guillermo Garrido Bustos, don Miguel Fernando Rubio Diocaretz y de don Rafael Laureano Recabal Bascuñán, en contra de las Ministras de la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco: Sra. Cecilia Aravena López, Sra. María Georgina Gutiérrez Aravena y Cecilia Subiabre Tapia (S). Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-264-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia. Valdivia, veintidós de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS: 1) Comparece Armin Iván Castillo Mora, abogado, en representación de don Juan Enrique Silva Rebeco, don José Guillermo Garrido Bustos, don Miguel Fernando Rubio Diocaretz y de don Rafael Laureano Recabal Bascuñán, e interpone acción constitucional de amparo en contra las Ministras de la de la Segunda Sala Corte de A
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