GASTRONOMIA DEL MAIPO SPA / MUNICIPALIDAD DE ISLA DE MAIPO
Rol
Fecha
22 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece la Sociedad Gastronomía del Maipo SpA., representada por Juan Carlos Ilabaca Gómez, ambos domiciliados en Av. Santelices Nº117, locales 1, 2 y 3, Isla de Maipo, quien reclama de ilegalidad en conformidad al artículo 151 b) y d) de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades Nº18.695, en contra del Decreto Exento Nº366 de 19 de febrero de 2024, dictado por la Ilustre Municipalidad de Isla de Maipo, que revocó su patente municipal para operar el establecimiento de expendio de alcoholes. Indica que es contribuyente y titular de la patente municipal rol 400139, para operar el establecimiento de expendio de alcoholes que adquirieron junto al establecimiento comercial el 22 de diciembre de 2023. Sostiene, que previo a la compra, solicitaron los documentos legales necesarios para verificar que el establecimiento se encontraba en condiciones de seguir funcionando, entrevistándose con funcionarios municipales que le ratificaron que el establecimiento comercial no tenía reparo alguno por su funcionamiento y que su patente se renovaba semestre a semestre sin reparo alguno. Refiere que la actuación de la municipalidad ha sido irresponsable puesto que no les advirtieron de la apertura del cuaderno de invalidación de la patente de alcoholes, puesto que de haberlo hecho no habrían invertido más de 60 millones de pesos para desarrollar este negocio. Añade que el 19 de febrero pasado se dictó la resolución que se impugna, por medio de la cual se invalidó el Decreto Exento de 17 de mayo de 2022 que concedió la patente de alcohol de su representada, por cuanto el certificado de zonificación del lugar en el que funciona su local, establece como uso de suelo prohibido los bares y cabaret y que ésta se otorgó en el entendido que se trataba de un restaurante de turismo, pero sin considerar que éste comprende las actividades de cantina y cabaré. Explicitando que dicha ilegalidad fue constatada por la Contraloría General de la Repúb
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 151 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, SE RESUELVE: I.- Que se desestima la excepción de incompetencia alegada. II.- Que se rechaza en todas sus partes, el reclamo de ilegalidad presentado por Juan Carlos Ilabaca Gómez en representación de Gastronomía del Maipo SpA en contra del Decreto Alcaldicio N°366, de 19 de febrero de 2024, de la Municipalidad de Isla de Maipo. III.- Que no se condena en costas a la reclamante, por haber tenido motivo plausible para litigar. Regístrese, comuníquese y archívese. Redactó Leonardo Varas N°22-2024-Contencioso Administrativo Pronunciada por la Cuarta Sala de esta Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por los ministros Sylvia Pizarro Barahona, Celia Catalán Romero y Leonardo Varas Herrera.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintidós de octubre de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece la Sociedad Gastronomía del Maipo SpA., representada por Juan Carlos Ilabaca Gómez, ambos domiciliados en Av. Santelices Nº117, locales 1, 2 y 3, Isla de Maipo, quien reclama de ilegalidad en conformidad al artículo 151 b) y d) de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades Nº18.695,
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