SIN INFORMACION

DOREN/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A.

Rol

Fecha

22 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que, comparece la abogada María Jesús San Martín Rodríguez, quien deduce recurso de protección en favor de Cristóbal Doren Villaseca, en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A., por el acto ilegal y arbitrario consistente en otorgar cobertura limitada en prestaciones de salud mental, lo que a su juicio vulnera los derechos fundamentales contenidos en los numerales 1, 2, 9 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Solicita que se declare: (i) que es ilegal y arbitrario el acto de la isapre recurrida, al cubrir las prestaciones de salud mental a la recurrente en forma limitada en comparación a los contratos de Isapre de menor plazo de vigencia; (ii) que, por tanto, la isapre recurrida deberá dejar sin efecto la aplicación de este criterio y dar cobertura completa a todas las prestaciones de salud mental, sin excepción y sin limitación alguna, de la misma forma que las demás prestaciones; (iii) que la isapre recurrida deberá realizar los ajustes necesarios para que las coberturas en cuestión sean equiparadas conforme al contrato de salud vigente del recurrente; (iv) que se condena en costas a la recurrida. Fundando el recurso expone que la recurrente se encuentra afiliada a Isapre Colmena desde el 22 de mayo de 1996 con el plan " CLASSIC 5902". Refiere que la ley 21.331, promulgada el 11 de mayo de 2021, exige la igualdad en la cobertura entre salud mental y salud física, lo cual no ha sido respetado por la Isapre, ya que mantiene una cobertura reducida en las prestaciones de salud mental. Esta situación persiste incluso después de la entrada en vigor de la ley y de la Circular I/F N°396, emitida por la Superintendencia de Salud el 8 de noviembre de 2021, que prohíbe a las Isapres comercializar planes con cobertura inferior en salud mental respecto a salud física. Alega la violación de los derechos constitucionales a la vida e integridad psíquica, igualdad ante la ley, protección a la salud, y propieda

Fallo

por tanto, la isapre recurrida deberá dejar sin efecto la aplicación de este criterio y dar cobertura completa a todas las prestaciones de salud mental, sin excepción y sin limitación alguna, de la misma forma que las demás prestaciones; (iii) que la isapre recurrida deberá realizar los ajustes necesarios para que las coberturas en cuestión sean equiparadas conforme al contrato de salud vigente del recurrente; (iv) que se condena en costas a la recurrida. Fundando el recurso expone que la recurrente se encuentra afiliada a Isapre Colmena desde el 22 de mayo de 1996 con el plan " CLASSIC 5902". Refiere que la ley 21.331, promulgada el 11 de mayo de 2021, exige la igualdad en la cobertura entre salud mental y salud física, lo cual no ha sido respetado por la Isapre, ya que mantiene una cobertura reducida en las prestaciones de salud mental. Esta situación persiste incluso después de la entrada en vigor de la ley y de la Circular I/F N°396, emitida por la Superintendencia de Salud el 8 de noviembre de 2021, que prohíbe a las Isapres comercializar planes con cobertura inferior en salud mental respecto a salud física. Alega la violación de los derechos constitucionales a la vida e integridad psíquica, igualdad ante la ley, protección a la salud, y propiedad, debido a la discriminación arbitraria basada en la fecha de contratación del plan de salud, ya que las personas afiliadas antes del 1 de marzo de 2022 reciben menos cobertura en salud mental. Segundo: Que informa al tenor

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C.A. de Santiago Santiago, veintidós de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que, comparece la abogada María Jesús San Martín Rodríguez, quien deduce recurso de protección en favor de Cristóbal Doren Villaseca, en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A., por el acto ilegal y arbitrario consistente en otorgar cobertura limitada en prestaciones de salud mental, lo

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