SIN INFORMACION

GONZÁLEZ SILVA Y OTRA / AGUAS SAN PEDRO S.A.

Rol

Fecha

21 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente Primero: Que comparecen don FRANCISCO JAVIER GONZÁLEZ SILVA y doña AMPARO FRANCISCA CIFUENTES MUÑOZ, ambos trabajadores dependientes, domiciliados en avenida Víctor Troncoso Muñoz 1081, casa 47, Comuna de Buin, Región Metropolitana, deduciendo recurso de protección en contra de AGUAS SAN PEDRO S.A., representada legalmente por JUAN JOSE INZUNZA PALMA, ambos con domicilio en Camino Alto Jahuel s/n intersección Claudio Bravo, comuna de Buin, Región Metropolitana, en virtud de los siguientes antecedentes: El matrimonio recurrente enfrenta una grave crisis desde enero de 2024, cuando la empresa Aguas San Pedro S.A. cortó el suministro de agua potable en su domicilio, interviniendo el medidor de agua y dejándolos sin acceso a este servicio. Pese a sus intentos de renegociar la deuda acumulada con la empresa, cercana a los $2.497.100, ello no ha sido posible porque le exigen un pago inicial superior a la mitad de la deuda y rechazan aquél que está en condiciones de ofrecer. Esta situación se ve agravada por la condición de salud de la cónyuge, quien padece hipoacusia severa y afecciones a la vista que les obligan a realizar elevados gastos en audífonos y lentes de contacto., además de impedirle desempeñarse laboralmente como educadora de párvulos, que es su título profesional; el cónyuge trabaja como guardia de seguridad y conserje en condominios con un sueldo aproximado de $ 500.000, con el cual no puede solventar la deuda y los gastos de la familia. La falta de agua ha tenido severas repercusiones en la salud y calidad de vida de los recurrentes, quienes han desarrollado enfermedades gastrointestinales, sufriendo ella –además- un cuadro depresivo angustioso debido a la situación, debiendo depender a la buena voluntad de vecinos para obtener el agua necesaria para su higiene personal y atender a necesidades básicas, como el uso del baño, cuyo manejo en tales condiciones representa un foco infeccioso y un riesgo para su salud. Agregan que, pese

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San Miguel, veintiuno de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente Primero: Que comparecen don FRANCISCO JAVIER GONZÁLEZ SILVA y doña AMPARO FRANCISCA CIFUENTES MUÑOZ, ambos trabajadores dependientes, domiciliados en avenida Víctor Troncoso Muñoz 1081, casa 47, Comuna de Buin, Región Metropolitana, deduciendo recurso de protección en contra de AGUAS SAN PEDRO S.A., representada

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