SIN INFORMACION

MARIO ALEJANDRO CID RUIZ/JUZGADO DE GARANTÍA DE VALDIVIA

Rol

Fecha

21 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: 1. A folio 1 Juan Alday Blanc, Defensor Penal Público, en representación del adolescente Mario Alejandro Cid Ruiz, de 17 años de edad, quien actualmente cumple la sanción de 5 años en régimen cerrado con programa de reinserción social en el Centro CRC Las Gaviotas, Valdivia, pena impuesta en causa RIT N°303-2023, RUC N°2200543163-1 del Tribunal Oral en lo Penal de esta ciudad, dedujo acción constitucional de amparo contra la resolución del Juzgado de Garantía de Valdivia de 4 de octubre de 2024 que en el marco de una cautela de garantías estimó suficientemente fundada la Resolución Exenta N° 1711, de 27 de septiembre de 2024, dictada por María Fernández Alvear, Directora Nacional del Servicio Nacional de Menores, que ordenó el traslado de Cid Ruiz desde el CRC Las Gaviotas de Valdivia al CRC de Puerto Montt. Indicó que sólo se puso en conocimiento de tal traslado a la defensa y al Tribunal, una vez que el adolescente ya había sido trasladado de Centro, sin esperar resolución del Tribunal; y que la posterior resolución del juez de garantía de Valdivia que estimó suficientemente fundada la resolución de traslado es ilegal al infringir el artículo 59 del reglamento de la Ley 20.084 en cuanto establece: Para la determinación del centro de cumplimiento deberá considerarse especialmente la cercanía con su familia y los fines establecidos en la Ley; idea que es reiterada por el Oficio Circular N° 16 de 7 de diciembre del año 2012 del Servicio Nacional de Menores, en cuanto establecen que al momento de determinar en Centro en el cual se cumplirá la sanción se debe considerar factores como el arraigo familiar del adolescente; favorecer el cumplimiento de los fines establecidos en la Ley N° 20.084; razones de seguridad y el resguardo de la integridad del adolescente. Agregó que en el caso de marras se advierte ilegalidad en relación al arraigo familiar y al control judicial previo necesario para el traslado. Pretende: i) Se deje sin efecto la resolución, de fecha 4 de octubre, dictada por el Juzgado de Garantía de Valdivia que estimó suficientemente fundada la resolución administrativa de SENAME; ii) Se deje sin efecto el traslado dispuesto por Resolución Exenta N° 1711 de 27 de septiembre de 2024 y ordenar el traslado inmediato del amparado al CRC Valdivia. 2. A folio 5 informó Pablo Yáñez Gómez, Juez de Garantía de Valdivia, quien indicó que previo a resolver el juez confirió traslado a los intervinientes y oyó a la Jefa Técnica Subrogante del CRC de Valdivia, para luego decidir dentro del ámbito de sus facultades. Agregó que el tribunal hizo uso de sus facultades al ponderar las razones esgrimidas por la Jefa Técnica Subrogante del CRC de Valdivia, las que constan en resolución suficientemente fundada y dictada dentro del ámbito de sus atribuciones a partir de lo dispuesto en el artículo 10 de Código Procesal Penal, y teniendo especialmente en cuenta la conducta del adolescente mientras permaneció en el CRC Las Gaviotas de esta ciudad.

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, Se acoge la acción constitucional de amparo deducida por Juan Alday Blanc en representación del adolescente Mario Alejandro Cid Ruiz contra la resolución emitida por el Juzgado de Garantía de Valdivia con fecha 4 de octubre de 2024, la cual se deja sin efecto; y por consecuentemente se deja sin efecto el traslado dispuesto por resolución administrativa de 27 de septiembre de 2024 respecto del amparado al Centro CIP CRC de Puerto Montt. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-262-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia. Valdivia, veintiuno de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: 1. A folio 1 Juan Alday Blanc, Defensor Penal Público, en representación del adolescente Mario Alejandro Cid Ruiz, de 17 años de edad, quien actualmente cumple la sanción de 5 años en régimen cerrado con programa de reinserción social en el Centro CRC Las Gaviotas, Valdivia, pena impuesta en causa RIT

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