ZAMBRANO CON CANIHUATE
Rol
Fecha
21 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Comparece Angélica Canihuante Ibáñez, cédula de identidad N°13.532.883-9, domiciliada en Manuel Verbal N°1545 TA 1303, Antofagasta, quien deduce acción constitucional de protección en contra de Carlos Zambrano, Presidente del Comité Comunidad Edificios Punta Diamante, por las acciones ilegales que amenazan sus derechos consagrados en el artículo 19 N°1 de la Constitución Política de la República. Informo la recurrida instando por el rechazo del arbitrio constitucional. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la recurrente funda su recurso en que el día miércoles 06 de junio de 2024 fue cortada la energía eléctrica de su departamento 1303 TA por orden del comité de la comunidad, por el motivo de mantener una deuda impaga de tres meses, con el cual tiene un convenio de pago vigente. Dice que se comunicó con don Jonathan Barraza, abogado del comité, en donde le señaló su situación económica desde un tiempo, además que se encuentra cesante desde el año pasado. Le indicó que es cuidadora de su hijo de 5 años con discapacidad y de su padre de 74 años, don Rubén Canihuante Godoy, quien padece de cáncer renal etapa 3 y un reciente infarto cerebral de una semana, lo cual el representante del comité no tomó en cuenta y se negó a restablecer la energía eléctrica, a pesar que le planteó pagar la deuda atrasada. Menciona que la respuesta fue que si no tenía para pagar el comité no hacía caridad con los morosos y se fuera a una pieza si no tenía como solventar, siendo un comité negativo e indolente frente a una situación delicada de salud de un adulto mayor con graves patologías, quien tiene un diagnóstico de ACV y cáncer renal, no controla esfínter, no habla, la parte derecha del cuerpo no mueve con facilidad, requiere supervisión día y noche ya que tiene dificultad para comer y tragar saliva, y la energía eléctrica es un elemento fundamental para atender sus necesidades. Solicita se ordene a la recurrida se restablezca el suministro eléctrico del inmueble su propiedad y demás medidas que se juzguen necesarias para restablecer el imperio del derecho, tendientes a asegurar la debida protección de sus derechos constitucionales, todo con costas del recurso. SEGUNDO: Que, informa doña Marcela Cerda Rivera, en representación de la Comunidad Punta Diamante, en su calidad de Vicepresidenta de la misma, al tenor del recurso. Señala que el acta bancaria que acompaña da cuenta que los cheques que les entregó la recurrente en su oferta de pago, en el año 2022, fueron rechazados por el banco librado, debido a que eran documentos emitidos desde una cuenta bancaria cerrada, hecho de gravedad y que da cuenta de los alcances y moral de la actora. Refiere que, a diferencia de lo que señala la recurrente, su deuda actual no corresponde a un total de tres meses de gastos comunes, sino a una deuda morosa total de $3.644.586.-, muy por sobre el valor que ella señala adeudar y que se arrastra del año 2019, la que sobrepasa cualquier límite aceptable de deuda por este concepto en una comunidad que se sustenta de los gastos comunes que son aportados por cada copropietario, pretendiendo que los demás sigan soportando la deuda de los gastos comunes adeudados. Expresa que la Administración cedió e intentó un acuerdo de convenio de pago con ella a inicios de este año, el cual no sólo no cumplió, sino que además siguió incurriendo en el no pago de los gastos comunes nuevos que se iban devengando, por lo que ante su incapacidad de pago o de cumplir su ultimo c
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales; SE RECHAZA sin costas, el recurso deducido por Angélica Canihuante Ibáñez, en contra de Carlos Zambrano, Presidente del Comité Comunidad Edificios Punta Diamante. Regístrese y comuníquese. ROL 1563-2024 (PROT)
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, veintiuno de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Comparece Angélica Canihuante Ibáñez, cédula de identidad N°13.532.883-9, domiciliada en Manuel Verbal N°1545 TA 1303, Antofagasta, quien deduce acción constitucional de protección en contra de Carlos Zambrano, Presidente del Comité Comunidad Edificios Punta Diamante, por las acciones ilegales que amenazan sus derechos consagrados
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica