SIN INFORMACION

MATHEUS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

21 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo en beneficio de Rosmeric Matheus Pérez, ciudadana venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la dictación de la Resolución Exenta Nº 24454414 de fecha 1 de Octubre de 2024, emanada del Servicio Nacional de Migraciones que resolvió rechazar la solicitud de residencia definitiva de la amparada y disponer su abandono del país en el plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución, de manera ilegal y arbitraria, constituyendo dicha resolución una afectación a su derecho a la libertad ambulatoria, consagrada en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República de Chile. Expone que la amparada es abogada, casada con un abogado chileno y tiene dos hijos, el menor de ellos de nacionalidad chilena. La decisión de la autoridad vulnera los principios de reunificación familiar. La resolución impugnada, por medio de la cual rechaza la solicitud de residencia definitiva y dispone su abandono en un plazo de 10 días contados desde la notificación de la misma, esgrimiendo que: “Que, el solicitante no remite copia de la sanción por residir en el país con el permiso de residencia vencido, requisito exigido para otorgar el permiso de residencia definitiva, siendo pertinente rechazar su solicitud en conformidad al artículo 88 N°1 de la Ley N°21.325 de Migración y Extranjería”. Asegura que los derechos de la amparada se han visto afectados por el actuar del Servicio migratorio. Indica que la orden de abandono del país dictada por la recurrida mantiene al recurrente en una situación de incerteza y torna dificultoso el desarrollo de sus actividades. Informa en autos el Servicio Nacional de Migraciones. Señala que se le informó a la persona en la misma comunicación electrónica, que disponía de un plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación, para realizar los descargos respecto de la causal invocada, debiendo acompañar todos los anteced

Fundamentos

motivos que sustentan las razones invocadas por esta autoridad, siendo procedente el rechazo de la solicitud de residencia definitiva presentada por la persona extranjera. Se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, la acción de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, lo que se impugna a través de esta vía cautelar es la Resolución Exenta Nº 24454414 de fecha 1 de Octubre de 2024, emanada del Servicio Nacional de Migraciones que resolvió rechazar la solicitud de residencia definitiva del amparado y disponer su abandono del país en el plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución. Tercero: Que, con el mérito del documento acompañado a folio 1, se da cuenta que la sanción pecuniaria impuesta a la amparada ha sido pagada, con fecha siete de octubre del año en curso, de tal manera que se ha subsanado la falta de acreditación de la mentada solución, que fundó la dictación de la resolución impugnada por vía de amparo. Cuarto: Que, frente a la referido precedentemente, habiendo cumplido la amparada con la carga pecuniaria que le fuera impuesta, en virtud del artículo 119 de la ley número 21.325, cabe acoger el presente recurso como se dirá en lo resolutivo. Quinto: Que, refuerza lo decidido, las circunstancias particulares de la amparada, quien tiene arraigo familiar en Chile, tanto porque ha contraído matrimonio con un chileno, como porque tiene un hijo de la misma nacionalidad. Persistir en la resolución impugnada implica una amenaza de afectación a los principios de reunificación familiar e interés superior del niño.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 número 7 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se acoge, sin costas, la acción de amparo deducida en favor de Rosmeric Matheus Pérez en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se deja sin efecto la Resolución Exenta Nº 24454414 de fecha 1 de Octubre de 2024, debiendo el Servicio recurrido continuar con la tramitación de la solicitud de residencia definitiva presentada por la amparada. Regístrese, notifíquese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. N°Amparo-2018-2024.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiuno de octubre de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo en beneficio de Rosmeric Matheus Pérez, ciudadana venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la dictación de la Resolución Exenta Nº 24454414 de fecha 1 de Octubre de 2024, emanada del Servicio Nacional de Mi

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