JUAN GODOY MUÑOZ/MINISTROS ICA RANCAGUA,RICARDO PAIRICAN GARCIA,MIGUEL SANTIBAÑEZ ARTIGAS Y BARBARA QUINTANA LETELIER
Rol
Fecha
18 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: 1°. Que la acción constitucional de amparo regulada en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es de competencia de la Corte de Apelaciones respectiva. 2°. Que, en la presente causa, se deduce recurso de amparo por el abogado Hugo Zamorano Galán, en contra de la resolución de 17 de octubre de 2024, dictada por la Corte de Apelaciones de Rancagua, en causa Rol Penal-1751-2024. 3°. Que, declarar admisible el recurso y conocer sobre el fondo, implicaría darle competencia como tribunal superior a una Corte de Apelaciones respecto de otra, lo que afecta las normas sobre competencia que regulan la materia y que se encuentran contenidas en el Código Orgánico de Tribunales, entre ellas la del grado y jerarquía y puede constituir, incluso, una vulneración de lo dispuesto por el artículo 7º de la Constitución Política de la República. Por lo antes expuesto
Fallo
se declara INADMISIBLE el recurso de amparo interpuesto por el abogado don Hugo Zamorano Galán, en contra de lo resuelto el 17 de octubre de 2024, por la Corte de Apelaciones de Rancagua, en causa Rol Penal-1751-2024. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-531-2024. acl
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, dieciocho de octubre de dos mil veinticuatro. Resolviendo lo principal del escrito folio 1: Visto y considerando: 1°. Que la acción constitucional de amparo regulada en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es de competencia de la Corte de Apelaciones respectiva. 2°. Que, en la presente causa, se deduce recurso de amparo por el abogado Hugo Zamorano Galán
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica