GUTIERREZ/ASOCIACIÓN CHILENA DE SEGURIDAD (ACHS)
Rol
Fecha
18 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: 1°.- Que, comparece doña Melisa Andrea Gutiérrez Venegas, interponiendo recurso de protección en contra de la Asociación Chilena de Seguridad y en contra de la Municipalidad de San Nicolás, en razón de la negativa de pago de su subsidio laboral, devengados en virtud de una enfermedad profesional. Para fundar su acción, refiere que el acto ilegal y arbitrario que denuncia a través de la presente acción de protección es la negativa de la Asociación Chilena de Seguridad de pagar su subsidio laboral, en virtud de una enfermedad que fue declarada de origen profesional, exigiendo una carta de cobranza que debe emitir la Municipalidad de San Nicolás, autorizando que el pago se le haga directamente a ella, indicando cuando fue el último pago que ellos le hicieron. Señala que, fue despedida el día 06 de marzo del año 2024, cuando luego de terminado su periodo de reposo médico, volvió a sus funciones en la Municipalidad, como directora de DIDECO, en dicha fecha la Municipalidad le informa que se encuentra desvinculada por Decreto Alcaldicio N° 4477, de fecha 12 de septiembre del año 2023. Este decreto nunca le fue debidamente notificado, por lo que seguía siendo funcionaria de la Municipalidad, y se mantuvo con licencia médica hasta el 05 de Marzo del año 2024, y el último pago de subsidio laboral que recibió de parte de su empleadora fue hasta la licencia que duró hasta el 02 de octubre del año 2023, luego de eso, no obtuvo pago de licencia alguna, adeudándole todas las posteriores, pues en la Municipalidad se negaron a recibir sus siguientes licencias médicas, por lo que tuvo que presentarlas ante la Dirección del Trabajo, para que finalmente llegaran a la COMPIN para su autorización, lo cual así sucedió, pues todas mis licencias fueron aprobadas y ordenado su pago. Manifiesta que, consultando mediante correo electrónico por el pago de sus licencias pendientes, le responden desde el departamento de Administración y Finanzas del Municipio con fecha 20 de diciembre
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se rechaza, sin costas, el recurso interpuesto por doña Melisa Andrea Gutiérrez Venegas, en contra de la Asociación Chilena de Seguridad y en contra de la Municipalidad de San Nicolás. Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, regístrese y, hecho, archívese. Redacción a cargo del Fiscal Judicial señor Solón Vigueras Seguel, quien no firma por encontrarse ausente con permiso. No firma la Magistrada señora Roxana Salgado Salamé, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo, por haber cesado en el cargo de Ministra Suplente. Rol N°917-2024 PROTECCIÓN.
Texto Completo (Preview)
Chillán, dieciocho de octubre de dos mil veinticuatro. Visto: 1°.- Que, comparece doña Melisa Andrea Gutiérrez Venegas, interponiendo recurso de protección en contra de la Asociación Chilena de Seguridad y en contra de la Municipalidad de San Nicolás, en razón de la negativa de pago de su subsidio laboral, devengados en virtud de una enfermedad profesional. Para fundar su acción, refiere que el a
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica