CGE TRANSMISIÓN S.A./MINERA ALTOS DE PUNITAQUI LTDA
Rol
Fecha
18 de octubre de 2024
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo especialmente presente Que el documento objeto de la controversia fue acompañado mediante un dispositivo de almacenamiento de datos, a través de un enlace electrónico de acceso, y
Fundamentos
considerando además lo dispuesto en artículo 348 bis del Código de Procedimiento Civil, y los principios contenidos en la Ley Nº 20.886, se revoca en lo apelado la resolución de dieciséis de agosto del año en curso, dictada en causa Rit 14304-2023, por el 26° Juzgado Civil de Santiago, y en su lugar
Fallo
se declara que el tribunal de base deberá tener por acompañado, bajo el apercibimiento legal correspondiente, el documento singularizado en el numeral 13° del escrito de folio 46. Devuélvase la competencia. N°Civil-15378-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo especialmente presente Que el documento objeto de la controversia fue acompañado mediante un dispositivo de almacenamiento de datos, a través de un enlace electrónico de acceso, y considerando además lo dispuesto en artículo 348 bis del Código de Procedimiento Civil, y los principios contenidos en la Ley Nº
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