SIN INFORMACION

LORCA/GUNDLACH

Rol

Fecha

18 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

visto afectada de ejercer su derecho de propiedad y perjudicada su calidad de vida, viéndose limitada la posibilidad de vender su propiedad. Solicita que se imponga a la recurrida la obligación de reparar la terraza aplicando el material impermeable correspondiente. Acompaña un set de fotografías. A folio 21, evacua informe el abogado Gonzalo Montiel Espinoza, en representación de la recurrida Irene Gundlach Fleckner, quien solicita el rechazo de la presente acción, al no ser la vía idónea para conocer y resolver la controversia planteada, agregando que la recurrente solo trata de obtener un equivalente jurisdiccional a una materia que debe ser conocida por medio de un juicio de lato conocimiento. Añade respecto al fondo, que la actora no especifica los supuestos daños que alega sufrir, solo se limita a señalar que la terraza del departamento de su representada filtra agua hacia su propiedad, lo que no es efectivo, porque su sistema de drenaje funciona en perfecto estado, para lo cual adjunta un set de fotografías. Arguye que la recurrente no acredita sus dichos ni cómo se determina el supuesto daño sufrido, solo se limita a acompañar un set de fotografías que no es suficiente para demostrar sus afirmaciones, agregando que jamás ha intentado comunicarse con su representada. Solicita el rechazo de la acción, por no existir acción u omisión ilegal u arbitraria. Acompaña set de fotografías. Se ordena traer los autos en relación. Primero: Que, la acción constitucional de protección, consagrada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, ha sido establecida a favor de quien, por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales, sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidas en el artículo 19 de la Carta Fundamental. Segundo: Que, lo que se busca mediante la presente acción cautelar, es que se ordene a la parte recurrida efectuar los trabajos necesarios para impermeabilizar su terraza, d

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción constitucional de protección deducida por Herminia Isabel Lorca Muñoz, en contra de Irene Isabel Gundlach Fleckner. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-5136-2024. En Valparaíso, dieciocho de octubre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Jfah.- C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciocho de octubre de dos mil veinticuatro. A folio 1, comparece doña Herminia Alejandra Lorca Muñoz, interpone recurso de protección en contra de Irene Isabel Gundlach Fleckner, por las acciones ilegales que amenazan su derecho de propiedad, al ser inviable el uso y goce de su inmueble ubicado en Avenida Borgoño N° 15.638, departamento N° 141, Reñaca, comun

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