MP C/ KEVIN MAXIMILIANO OYARZO OYARZO
Rol
Fecha
18 de octubre de 2024
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Teniendo en consideración la existencia de criterios de peligrosidad tales como la conducta desplegad, pauta violencia intrafamiliar riesgo vital alta, y que la víctima merece especial protección dada su situación de embarazo, se REVOCA la resolución apelada de dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro, y en su lugar se ordena la prisión preventiva del imputado por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la víctima. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 1487 – 2024 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 18 de octubre de 2024. Gerardo Rochow Sandoval Relator (S) En Valdivia, dieciocho de octubre de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y en su lugar se ordene la inmediata prisión preventiva del imputado. La Sra. Presidenta de la Sala da por terminados los alegatos y comunica la siguiente resolución: VISTOS: Teniendo en consideración la existencia de criterios de peligrosidad tales como la conducta desplegad, pauta violencia intrafamiliar riesgo vital alta, y que la víctima merece especial protección dada su situación de embarazo, se REVOCA la resolución apelada de dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro, y en su lugar se ordena la prisión preventiva del imputado por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la víctima. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 1487 – 2024 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 18 de octubre de 2024. Gerardo Rochow Sandoval Relator (S) En Valdivia, dieciocho de octubre de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.
Texto Completo (Preview)
A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA DIECIOCHO DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO, PARA LA VISTA –POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA– DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN CAUSA RUC 2401249794-2, RIT 6803–2024. ROL CORTE 1487–2024. Siendo las 10:56 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia, con la asistencia de la Ministra Presiden
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