MINISTERIO PUBLICO C/ IGNACIO ANDRES CODOCEO CODOCEO
Rol
Fecha
18 de octubre de 2024
Materia
ROBO DE VEHICULO MOTORIZADO
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Que, tal como aconteció en el debate sostenido en primera instancia, según lo expresado en esta sede por la letrada que sostiene el recurso, el ente persecutor no aportó en esta oportunidad antecedentes que permitan entender justificada o plausible su tesis en cuanto a que existe algún error en los registros de la investigación que suponga que se haya consignado equívocamente que el imputado fue sometido a un control de identidad, en circunstancias que se le habría detenido en una hipótesis de flagrancia, o bien que existían indicios diversos al solo hecho de haberse encontrado al imputado empujando una motocicleta en la vía pública y huir para evadir un control policial, por lo que a esta Corte solo cabe confirmar la exclusión de prueba ordenada por el juez a quo. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 276, 277, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA, en lo apelado, el auto de apertura de juicio oral de veinticinco de septiembre de dos mil veinticuatro, del Juzgado de Garantía de La Serena. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator don Eduardo Silva Jerez. Devuélvase vía interconexión. Rol N°1486-2024 Penal. -
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 276, 277, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA, en lo apelado, el auto de apertura de juicio oral de veinticinco de septiembre de dos mil veinticuatro, del Juzgado de Garantía de La Serena. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator don Eduardo Silva Jerez. Devuélvase vía interconexión. Rol N°1486-2024 Penal. -
Texto Completo (Preview)
La Serena, dieciocho de octubre de dos mil veinticuatro. Siendo las 10:25 horas ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro señor Christian Le-Cerf Raby e integrada por la Ministra señora Gloria Negroni Vera y la abogada integrante señora Elvira Badilla Poblete, se realiza la audiencia fijada para el conocimiento del recurso de apelación deducido por el Ministerio
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica