GRANDON HIDALGO TOMAS - MUNICIPALIDAD DE ÑUÑOA
Rol
Fecha
21 de octubre de 2024
Materia
SIN MATERIA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el tenor de lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 18.287 en las materias que ella regula, el recurso de apelación solo es procedente respecto de las sentencias definitivas y de aquellas resoluciones que ponen fin al juicio o hacen imposible su continuación, naturaleza jurídica que no reviste la resolución de fecha dieciséis de septiembre de dos mil veinticuatro, motivo, por el cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido a fojas 9 y concedido a fojas 14, contra la resolución a fojas 5. Regístrese y devuélvase. N°Policia Local-3416-2024.imm
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido a fojas 9 y concedido a fojas 14, contra la resolución a fojas 5. Regístrese y devuélvase. N°Policia Local-3416-2024.imm
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de octubre de dos mil veinticuatro. Al folio 2; a todo, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que el tenor de lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 18.287 en las materias que ella regula, el recurso de apelación solo es procedente respecto de las sentencias definitivas y de aquellas resoluciones que ponen fin al juicio o hacen imposibl
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