SIN INFORMACION

HORMAZÁBAL/SILVA

Rol

Fecha

17 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que el abogado don Óscar Hormazábal Barahona, en representación de don José Eduardo Gómez Iguarán, ha promovido un incidente de recusación respecto del Ministro de la Excma. Corte Suprema, en particular, del señor Mauricio Silva Cancino, sustentado en la causal del artículo 196 N°10 del Código Orgánico de Tribunales. 2° Que, para fundamentar la inhabilidad que hace valer, explica que presentó recurso de revisión ante la Excma. Corte Suprema, generándose los autos caratulados “Hormazábal con 23° Juzgado Civil de Santiago”, Rol N° 41.442-2024; dirigido en contra de la sentencia del 23° Juzgado Civil de Santiago en los autos Rol N° 4854-2020, bajo la causal del artículo 810 N°4 del Código de Procedimiento Civil. Hace presente, que previo a esta impugnación, había presentado un recurso de revisión contra la misma sentencia del 23° Juzgado Civil de Santiago, a la que se le asignó el Rol N° 6537-2024 del Máximo Tribunal, el cual, por resolución de ocho de marzo del presente año, fue declarado inadmisible in limine, concurriendo en aquella decisión el Ministro señor Silva Cancino; entendiendo el recurrente, que con ello ha manifestado su dictamen sobre la cuestión pendiente, en sentido que indica la norma; sumado además de otros fallos en los que ha decidido de la misma forma. 3° Que, en lo inmediato, del examen de los antecedentes se advierte que se satisfacen las exigencias del artículo 119 inciso primero del Código de Procedimiento Civil, toda vez que el articulista ha cumplido con efectuar la consignación que ordena la ley, se ha hecho valer causal legal de recusación y apareciendo de los antecedentes acompañados, que efectivamente existió una manifestación previa acerca de la admisibilidad del recurso de revisión contra la misma sentencia del tribunal civil, siendo correspondiente declarar sin más trámite la referida recusación. Por estas razones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 119 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

Por estas razones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 119 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el incidente de recusación y se declara inhabilitado al Ministro señor Mauricio Silva Cancino, quien deberá abstenerse de intervenir en los autos caratulados “Hormazábal con 23° Juzgado Civil de Santiago”, Rol N° 41.442-2024, que se encuentran ingresados ante el Máximo Tribunal para el conocimiento del recurso de revisión. Póngase esta declaración en conocimiento de la Excma. Corte Suprema y del señor Ministro, para los fines señalados. Ofíciese. Devuélvase la suma consignada. Regístrese y archívese en su oportunidad. N° Civil-14541-2024. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Jorge Zepeda Arancibia e integrada por el Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz y por la Abogada Integrante señora María Fernanda Vásquez Palma.

Texto Completo (Preview)

kom C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de octubre de dos mil veinticuatro. A sus autos certificado que precede. Proveyendo derechamente al folio N° 1: a lo principal, estese a lo que se resolverá. Al primer otrosí, a sus antecedentes. Al segundo otrosí, téngase presente. Vistos y teniendo presente: 1° Que el abogado don Óscar Hormazábal Barahona, en representación de don José Eduardo Gómez Ig

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