SIN INFORMACION

CUITIÑO/ISAPRE CONSALUD

Rol

Fecha

17 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Matías Ignacio González San Martín, abogado, deduciendo recurso de protección en favor de doña Keren Verónica Cuitiño Martínez y en contra de la Isapre Consalud S.A., por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en otorgar una cobertura limitada a las prestaciones psicológicas y psíquicas de salud mental, por tener un plan de salud antiguo, afectando con ello las garantías constitucionales consagradas en los artículos 19 N°s 1, 2, 9 y 24 de la Constitución Política de la República. Señala, en síntesis, que se encuentra adscrita a un plan de salud con la recurrida, que restringe la cobertura de las prestaciones de salud mental, a diferencia de las que contempla para salud física. Refiere que dicha diferencia fue eliminada con Ley N° 21.331, del Reconocimiento y Protección de los Derechos de las Personas en la Atención de Salud Mental y la Circular IF/N°396, de 2021, de la Superintendencia de Salud, dictada con objeto de adecuar las normas administrativas a la nueva normativa legal. Pide, se ordene a la Isapre recurrida adecuar el plan de salud de la actora realizando los ajustes necesarios para que la cobertura de las prestaciones de salud mental sea equiparada a las de salud física, con costas. SEGUNDO: Que, informando, Francisco Javier González Sesé, abogado, en representación del Isapre Consalud S.A., solicita el rechazo del recurso de protección, con costas, alegando en primer lugar la extemporaneidad de la acción intentada, pues la Ley N° 21.331 fue publicada el 11 de mayo de 2021, época en que la recurrente tomó conocimiento de su contenido en virtud de los artículos 7 y 8 del Código Civil. Sin embargo, el presente recurso fue interpuesto el 7 de agosto de 2024, estando largamente vencido el plazo de 30 días para ejercer la acción. En cuanto al fondo, plantea que entre las partes se celebró un contrato de salud que debe ser respetado conforme al artículo 1545 del Código Civil, y que la ley no

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad, asimismo, con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de doña Keren Verónica Cuitiño Martínez y en contra de Isapre Consalud S.A. Acordada con el voto en contra de la Abogada Integrante, señora Sara Moreno Fernández, que considera que los artículos 3, letras c), g) y h) y el artículo 9 N°16 de la Ley N° 21.331, indican que la igualdad de trato en la atención de salud es un principio constitucionalmente garantizado. A ello hay que agregar que, en su artículo 20 N° 6, dicho cuerpo normativo pone especial énfasis en la no discriminación en la atención de salud de las personas que padecen enfermedades o trastornos mentales o con discapacidad física. Considera que si bien es cierto que la Circular IF/N° 396, de 8 de noviembre de 2021 dictada para complementar la ley en comento, indica que ésta se aplica exclusivamente a los contratos de salud suscritos tras su entrada en vigencia, puesto que uno de sus ejes normativos centrales consiste precisamente en erradicar cualquier tipo de discriminación en el acceso integral a la salud mental y que éstos son contratos de tracto sucesivo, no se puede sino concluir que, respecto de los contratos que se están actualmente ejecutando el actuar de la recurrida es ilegal, ya que, no le es permitido establecer para las prestaciones d

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Matías Ignacio González San Martín, abogado, deduciendo recurso de protección en favor de doña Keren Verónica Cuitiño Martínez y en contra de la Isapre Consalud S.A., por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en otorgar una cobertura limitada a las prestaci

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica