SIN INFORMACION

ADAME GOMEZ MAIKELY YUSNEIDY / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

17 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecen Pablo Daniel Peñaloza Parra, Sandra Massiel Cárdenas Vásquez y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados, en nombre de Maikely Yusneidy Adame Gomez, colombiana, interponiendo acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N°36785, de 14 de agosto de 2023, que rechazó su solicitud de permiso de permanencia temporal, por no acompañar certificado de antecedentes penales de su país de origen debidamente apostillado o legalizado y vigente, y decretó orden de abandono del país en 30 días, lo que consideran contrario a su libertad personal. Indican que, la solicitud es de 10 de junio de 2022 y que la notificación de previo rechazo es de 31 de julio de 2023, ante la cual acompañó un certificado “que tenía disponible para el momento”, dado que “no resultaba viable actualizar el documento requerido en el plazo que fue otorgado”. Señalan que actualmente, cuenta con el documento solicitado, el cual acompaña, y que consta que no registra antecedentes penales. Refiere que cumple con todos los demás requisitos para obtener el permiso de residencia temporal. Agrega que tiene en Chile a sus hijas de 9 y 11 años, y al padre de sus hijas, de nacionalidad venezolana. Sostiene que la sanción aplicada es desproporcionada. Pide que se ordene dejar sin efecto la resolución impugnada, instruyendo al Servicio Nacional de Migraciones proceder a una nueva revisión documental. Segundo: Que, el Servicio Nacional de Migraciones, evacuó el informe requerido, solicitando el rechazo de la acción en todas sus partes. Expone que la amparada ingresó al territorio nacional, el 21 de octubre de 2021, por el paso fronterizo Aeropuerto Arturo Merino Benítez, en calidad de turista. Señala que, con fecha 10 de junio de 2022, solicitó ante el Servicio Nacional de Migraciones, un permiso de residencia temporal. Refiere que, con fecha 13 de julio de ese año, mediante Oficio Ordinar

Fallo

Por estas razones y de conformidad a lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Se Rechaza, sin costas, el recurso de amparo constitucional deducido en nombre de Maikely Yusneidy Adame Gomez, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-2840-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecen Pablo Daniel Peñaloza Parra, Sandra Massiel Cárdenas Vásquez y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados, en nombre de Maikely Yusneidy Adame Gomez, colombiana, interponiendo acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la

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